Decreto Nº513-24
Decreto Nº 513-24
Lobería, 29/02/2024
OTORGÁNSE y/o MODIFÍQUENSE, los Adicionales a los agentes municipales.
Visto
Lo dispuesto en los artículos 107 y 108 inciso 17º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el artículo 9º de la Ordenanza Nº 2.827/23; y
Considerando
QUE, el Director Administrativo del Sistema Municipal de Salud FERMÍN EDER, informa los adicionales a otorgar o modificar, según corresponda, al personal que se desempeña bajo la órbita del referido nosocomio, en el marco de lo dispuesto en el Anexo III de la Ordenanza N° 2.827/23 –Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos Ejercicio 2024-;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- OTORGÁNSE y/o MODIFÍQUENSE, según corresponda, los Adicionales que a continuación se indican, a los agentes municipales que se detallan a continuación, en el marco de lo establecido en el Anexo III de la Ordenanza N° 2.827/23 –Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos Ejercicio 2024-:
- Legajo 1650 Macias Yamila Belén. Ampliar Adicional por disponibilidad equivalente al 20%, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
- Legajo 1603 Lecarotz Gabriela. Adicional tarea extraordinaria a $ 17.026,75, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
- Legajo1230 Díaz Fabiana. Adicional tarea extraordinaria a $ 43.216, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
- Legajo 1296 Marín María Ileana. Adicional tarea extraordinaria a $ 43.216, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
- Legajo 10029 Olivera Natalia Yanina. Adicional tarea extraordinaria a $ 43.216, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
- Legajo 1803 Maldonado Ángela Graciela. Adicional tarea extraordinaria a $ 26.426, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
- Legajo 1764 Juárez Jimena Gisela. Adicional por disponibilidad equivalente al 14%, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
- Legajo 1505 Jaime Julio Oscar. Adicional por disponibilidad equivalente al 14%, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
- Legajo 9814 Casáis Verónica Daniela. Adicional por disponibilidad equivalente al 20%, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
- Legajo 1608 Berrios Natalia. Adicional por Mayor Función y actividad critica equivalente al 80% y Modificase adicional por disponibilidad equivalente al 70% a partir del 01 de Enero y hasta el 29 de Febrero, inclusive, y el 14% a partir del 01 de Marzo y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
- Legajo 1997 Del Castello Ornela Lucia, Adicional por actividad crítica del 80% y Adicional por disponibilidad del 80% a partir del 01 de enero y hasta el 29 de febrero y a partir del 01 de marzo y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive, se abonara solo el Adicional por Actividad Critica del 80 %.
- Legajo 10300 Del Castello José Pablo. Adicional por actividad Critica del 80 % y Adicional por disponibilidad del 80% a partir del 01 de enero y hasta el 29 de febrero y a partir del 01 de marzo y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive, se abonara solo el Adicional por Actividad Critica del 80 %.
- Legajo 1605 Peirano Daniela Virginia. Adicional por Disponibilidad equivalente al 55% a partir del 01 de febrero y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
- Legajo 10719 Burgos María Gabriela. Adicional por disponibilidad equivalente al 15%, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
- Legajo 2033 Lorenzo Marcelo. Adicional por Conservación de Maquinarias o Vehículos a Cargo, equivalente al diez (% 10) de su sueldo básico, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
ARTÍCULO 2.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 23 Dirección Hospital Municipal – 1.1.3.0. Retribuciones que no hacen al cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 3.- Tomen conocimiento Oficina de Personal, Contaduría, Dirección Administrativa del Sistema Municipal de Salud y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.