Boletines/Mercedes

Decreto Nº159/2024

Decreto Nº 159/2024

Mercedes, 08/02/2024

Visto

Las actuaciones del expediente Nº 1813/2021 mediante el cual se tramita la aprobación de la adenda suscripta entre el MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la MUNICIPALIDAD DE MERCEDES”; y,

Considerando

Que el convenio CONVE – 2021-20151743- GDEBA- DGALMIYSPGP  que se encuentra vinculado en EX-2021- 13449273 -- GDEBA- DGALMIYSPGP, tiene por objeto brindar asistencia financiera para la ejecución de la obra “Puesta en valor de la Plaza Rivadavia”.

Asimismo, con fecha febrero de 2024 se procedió a firmar la adenda CONVE- 2024-03757088- GDEBA-MIYSPGP donde las partes acuerdan modificar la Cláusula Primera del CONVE – 2021-20151743- GDEBA- DGALMIYSPGP, la que quedara redactada de la siguiente manera : CLÁUSULA PRIMERA: La provincia de Buenos Aires, a través del MINISTERIO otorgará al MUNICIPIO en concepto de subsidio, hasta la suma de pesos veintisiete millones setecientos veinticuatro mil trescientos uno con cuarenta y nueve centavos ($27.724.301,49) destinada a financiar la ejecución del proyecto de obra pública municipal "Puesta en Valor de la Plaza Rivadavia", en adelante denominado "PROYECTO", el que se encuentra vinculado en el EX-2021 13449273-GDEBADGALMIYSPGP y EX-2023-45941819- -GDEBA-DGALMIYSPGP. El presente Convenio se regirá en todo por lo dispuesto por el Decreto N° 46 7/07 y la RES0-2020-279-GDEBA-MWSPGP y modificatoria. El MUNICIPIO acepta sin reservas lo dispuesto en el presente Convenio y la mentada RES0-2020-279-GDEBA-MlYSPGP y modificatoria"

CLÁUSULA 2°: Ambas partes dejan constancia que se mantienen vigentes las demás cláusulas del CONVE-2021-20151743-GDEBA-DGALMIYSPGP suscripto en fecha 05 de agosto de 2021.

Por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en el uso de las facultades legales que le son propias,

DECRETA:

Artículo 1°. - Convalidese la adenda CONVE- 2024-03757088- GDEBA-MIYSPGP, con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires para la financiación de la obra “Puesta en valor de la Plaza Rivadavia”.

 

Artículo 2º.- Dese conocimiento al Honorable Concejo de Deliberante. -

 

Artículo 3º.- Cúmplase, regístrese y archívese