Boletines/Mercedes

Decreto Nº133/2024

Decreto Nº 133/2024

Mercedes, 02/02/2024

Visto

La necesidad de regularizar el dominio de las tierras del partido de Mercedes (B) por lo que se ha conformado expediente Nº 4075-735/2021 alc. 3, a través del cual la el Sr. QUEVEDO OSMAR NICOLAS DNI: 11.154.499, solicita cancelación de hipoteca, y

Considerando

Que el Sr., QUEVEDO OSMAR NICOLAS DNI:11.154.499 argentino, viudo, es titular dominial del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección A, Manzana, 100, Parcela 12, Partida Inmobiliaria Nº 31.297, del que oportunamente se realizó hipoteca, escritura número 54, por ante la ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO, constituyendo HIPOTECA de primer grado a favor de la Municipalidad de Mercedes (B). -

            Que habiendo cancelado el total de la deuda contraída respecto del inmueble antes mencionado, los titulares dominiales solicitan por intermedio de la Escribanía General de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, la cancelación del gravamen real, lo que motiva la conformación del correspondiente expediente administrativo municipal, donde se solicita el CERTIFICADO DE CANCELACIÓN DE VIVIENDA, debidamente rubricado por la autoridad competente, el cual con fecha 13 de diciembre del 2023, constando a fojas 18, es expedido a los efectos del presente

            El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,

                                                             DECRETA      

Artículo 1º.- Ordénese practicar la CANCELACION DE HIPOTECA, por encontrarse saldada la deuda contraída respecto del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunsc. I, Sección A, Mz. 100, Parcela 12, Partida Inmobiliaria Nº 31.297, inscripta mediante escritura número 54 realizada por la ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO.

Artículo 2º.- Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes, a favor de los solicitantes, conforme a lo previsto por los arts. 2º y 4º inc. D de la Ley 10.830.

Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese a la Dirección de Tierras y Hábitat de esta Municipalidad. Dése al Digesto General. Fecho. Archívese.