Boletines/Lobería
Decreto Nº 456-24
Lobería, 22/02/2024
RECTIFICASE el Artículo 1º del Decreto Nº 438/24.
Visto
Lo dispuesto por los artículos 107, 108 inciso 17º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Nº 438/24; y
Considerando
QUE, mediante Decreto N° 438/24 se autorizó a contratar un profesional de salud para cubrir el servicio de guardias médicas en la Unidad de Terapia Intermedia los días de semana y/o fines de semana y/o feriados en el Hospital Municipal “Gaspar M. Campos”, según las necesidades de cobertura del servicio;
QUE, por error involuntario, se debe rectificar el artículo 1° y dejar sin efecto el artículo 2° de la referida disposición;
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1º RECTIFICASE el Artículo 1º del Decreto Nº 438/24, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1º AUTORIZASE al Dr. PEDRO NOLASCO BARRIENTOS, D.N.I. N° 21.930.003,
Legajo N° 1.587, mientras ejerza dicho cargo, para cubrir el servicio de guardias médicas en la Unidad de Terapia Intermedia los días de semana y/o fines de semana y/o feriados en el Hospital Municipal “Gaspar M. Campos”, a partir del año 2024, pudiendo ampliarse dicho plazo conforme las necesidades del Servicio y a requerimiento de las autoridades del Hospital.”
ARTÍCULO 2º Déjese sin efecto lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 438/24.
ARTÍCULO 3º Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Oficina de Personal, Dirección Administrativa del Sistema Municipal de Salud y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHIVESE.