Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 726
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 04/03/2024
Visto lo solicitado por la Subsecretaria de Gestión de la Salud a fojas 1, respecto a la creación de la Oficina “Facturación y Recupero de Costos”, con su correspondiente número de oficina, la cual comprende la facturación a las entidades de Seguridad Social, Programa Sumar y Coparticipación, bajo su órbita, atento al funcionamiento y reorganización de la Secretaria de Salud y sus dependencias, y
Considerando que el funcionamiento de la misma inicia a partir de la firma del Decreto 377-2015 obrante en expediente 796-138-2014, por el cual se implementa el proceso de facturación a terceros pagadores, siendo estos las entidades de la seguridad social inscriptas en el Sistema Nacional del Seguro de Salud comprendido en las leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, a través de la Secretaria de Salud y el Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leonidas Lucero”, de las prácticas y consultas ambulatorias que se realicen en el ámbito de los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS) y demás dependencias del área de la Secretaria de Salud. Dicho proceso ha sido prorrogado por Decreto 1872-2019 y finalmente por Decreto 675-2022, según constan en copias de fojas 3 a 7 del presente.
Que el proceso de facturación, tal como se dispone en Decreto 377/2015, se inicia con el registro de los datos filiatorios de los pacientes que asisten a los CAPS, y actualmente culmina en la facturación que se realiza a través del Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leonidas Lucero” por cuenta y orden de la Secretaria de Salud de este Municipio.
Que en este sentido, como objetivo inicial, en virtud de organizar, jerarquizar y planificar las tareas correspondientes, es que fundamentan la solicitud, con el fin de optimizar los procesos administrativos y financieros; para ello es fundamental reorganizar las tareas administrativas bajo criterios de eficiencia, eficacia y control; incorporar nuevas herramientas y actualizar las ya existentes; tomar decisiones ágiles basadas en información precisa, optimizando la capacidad de respuesta ante situaciones financieras y/o administrativas.
Que la creación de dicha oficina representa una oportunidad estratégica para fortalecer la gestión de la Secretaría de Salud, mediante la efectiva administración de los recursos económicos del municipio como así también de los externos, y propios de la recaudación por prestaciones brindadas a la comunidad bahiense, a través del Sistema Público de Salud, cuyos beneficios repercutirán directamente en la calidad de atención y cuidado de la salud de los ciudadanos y las ciudadanas bahienses, permitiendo la reinversión de dichos recursos en el Sistema de Atención Primaria de la Salud y en la sostenibilidad económica de nuestra institución.
Que, a fin de resumir conceptos, la creación de una nueva estructura resulta relevante, en virtud de que desde el año 2015 se lleva acabo el proceso de facturación a terceros pagadores, siendo estos las entidades de la seguridad social inscriptas en el Sistema Nacional del Seguro de Salud comprendido en las leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, a través de la Secretaria de Salud y el Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leonidas Lucero”, de las prácticas y consultas ambulatorias que se realicen en el ámbito de los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS) y demás dependencias del área de la Secretaria de Salud. Que así mismo desde el año 2007 se implementa en la Secretaria de Salud el Plan Nacer, renombrado en el año 2012 como Programa SUMAR y/o Programa nacional de Desarrollo de Seguros Públicos de Salud, y que además tal lo establece el Sistema Estadístico Nacional de Salud, se sustenta con datos propios a la tarea habitual asistencial de las dependencias de salud, lo requerido para dar cumplimiento al Régimen de Coparticipación Municipal como parte del Plan de la Secretaría de Salud.
Que por lo mencionado anteriormente el Secretario de Salud, a fs 8, entiende que corresponde el dictado del acto administrativo a efectos de crear la oficina denominada Oficina “Facturación y Recupero de Costos”, y posteriormente otorgarle una numeración que la identifique dependiendo orgánicamente de la Subsecretaria de Gestión de la Salud.
Por lo expuesto el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Crease la Oficina “Facturación y Recupero de Costos”, la cual dependerá orgánicamente de la Subsecretaria de Gestión de la Salud de la Secretaria de Salud.
SEGUNDO: La oficina “Facturación y Recupero de Costos”, tendrá como tareas y funciones especificas las siguientes:
SEGURIDAD SOCIAL: Facturación de obras sociales
COPARTICIPACION: Ley Nº 10.559 y su modif.. Nº 10.752- Regimen de Coparticipación Municipal
PROGRAMA SUMAR y/o PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO DE SEGUROS PÚBLICOS DE SALUD: (Res. Nº 1460/12 )
TERCERO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat
CUARTO: Cúmplase, tome nota Departamento Administración de Personal, Subdireccion de Presupuesto, Contaduría General, Subdirección de Capital Humano, dése al R.O. y ARCHIVESE.-