Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 194
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/02/2024
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Provisoria correspondiente al CERTIFICADO N° 6 de la obra "PUESTA EN VALOR PLAZA PELLEGRINI", ejecutada por la empresa MICSER S.R.L; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 2 vuelta la Subsecretaría de Obras Públicas informa que por Ordenanza N° 20.986 la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminaciones de precios en contratos de Obra Pública. Que la fecha de licitación - mes base fue en Marzo 2023; la fecha del contrato el 28/04/2023, el Acta de Replanteo fue el 08/05/2023, con un Plazo de Obra de 180 días corridos y una ampliaciones de plazo de 84 días.
Que el Departamento Técnico ha analizado la presentación de la redeterminación de precios Provisoria de la empresa MICSER S.R.L, la cual fue presentada en los plazos legales previstos por la Ordenanza N°20.986. Así mismo se constató, que la empresa contratista alcanzó el 90% de avance de obra proyectado, aprobado y acumulado.
Que al CERTIFICADO N° 6 se le realiza en análisis con los índices correspondientes al mes de OCTUBRE -2023 el cual fue el mes de ejecución de los trabajos; la Fecha de Publicación de los índices fue el 29/11/2023; la Fecha de Presentación de la empresa, el 30/11/2023 y el porcentaje de avance respecto a la curva de inversión es del 90,11%.-
Que el sector Técnico de esta Secretaría informa que se obtiene un monto de redeterminación del CERTIFICADO N° 6 de $ 17.460.904,19 (PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS CUATRO CON DIECINUEVE CENTAVOS), de lo que deberá descontarse $3.492.180,84 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS) correspondientes al 20% por devolución proporcional del Anticipo Financiero; $1.928.470,63 (UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON SESENTA Y TRES CENTAVOS) correspondiente al 11,04% por devolución proporcional de Anticipo de Acopio de Materiales de la redeterminación del presente expediente.
Que sugiere que la Redeterminación deberá aprobarse por el monto de PESOS DOCE MILLONES CUARENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 12.040.252,72). No se le retendrá el 5% correspondiente a la garantía de contrato ni el 5% correspondiente a la Garantía de Fondo de Reparo por presentar las pólizas correspondientes.-
Que así mismo, la Secretaría considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su aprobación.
Que a fojas 27 el informe de la asesora letrada de la Secretaría de Infraestructura manifiesta que "... Atento a lo señalado por la Oficina Técnica a través de la Ordenanza Nº 20986 Municipio de Bahía Blanca se adhirió al Decreto Provincial Nº 290/2021.
Es importante aclarar, que el análisis que efectúa esta asesoría, es de neto corte legal, quedando bajo la órbita de cada Departamento Técnico la evaluación técnica de la petición ejecutada por la contratista.
En tal sentido, el análisis deberá ajustarse a lo establecido por la ordenanza nombrada, respecto a los plazos previstos. En este caso entiendo que cumple con la normativa citada encontrándose presentado dentro de los plazos legales dispuestos por el Art. 12 inc. a.
Por último, siendo el presente un dictamen no vinculante, no encontrando observaciones que realizar, considero que el pedido debe aprobarse..."
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria del CERTIFICADO N° 6 de la obra: "PUESTA EN VALOR PLAZA PELLEGRINI", el INTENDENTE MUNICIPAL , en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Aprobar la Redeterminación Provisoria de precios del CERTIFICADO N° 6 de la obra "PUESTA EN VALOR PLAZA PELLEGRINI", por un monto de PESOS DOCE MILLONES CUARENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 12.040.252,72), No se le retendrá el 5% correspondiente a la garantía de contrato ni el 5% correspondiente a la Garantía de Fondo de Reparo por presentar las pólizas correspondientes, en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 410R-228-2024.
ARTÍCULO 2º: Para el pago de la redeterminación provisoria de precios deberán estar cumplidos los requisitos del Artículo N° 16 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Oficina Técnica a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110019000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTÍCULO 6º: Cúmplase; dése al RO.; Comuníquese a la Empresa interesada; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra y tome nota la Subsecretaría de Obras Públicas. Incorpórese copia del presente Decreto al expediente por el cual se tramitó la obra N° 639R-1126-2023. Cumplido ARCHÍVESE.-