Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 51
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 04/03/2024
Visto las presentes actuaciones, referidas a la adscripción del agente Emanuel José BERMÚDEZ, legajo 16.927, desde la Subdirección de Sistemas e Infraestructura Tecnológica (Oficina N°223) hacia el Instituto Cultural (Oficina N°311) , y considerando;
Que lo establecido por el Artículo 20º del Convenio Colectivo de Trabajo,"Un agente reviste como adscripto cuando es destinado a ejercer sus funciones en una área municipal distinta a la que es propia y en forma transitoria, a requerimiento del área solicitante y para cumplir funciones propias de la competencia especifica de ésta. La situación de Adscripto de un trabajador Municipal, no podrá exceder el término máximo 1 (un) año, y solo en caso excepcionales y previa fundamentación podrá prorrogarse por 6 meses más. Superado dicho lapso debe ser absorbido por el ente requirente o, en caso contrario retomar a su lugar de origen. Los plazos señalados comenzará a computarse a partir de la fecha de sanción de la Ordenanza que apruebe el presente, careciendo lo dispuesto de retroactividad alguna”.
Por todo lo expuesto; y teniendo en cuenta el aval de la Junta de Calificaciones, Ascensos y Promociones obrante a fs. 10 y lo informado por la Dirección General de Capital Humano a fs. 11; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Adscribir al agente Emanuel José BERMÚDEZ, legajo N° 16.927, quien reviste en categoría 04/4B, al Instituto Cultural (Oficina N° 311), dependiente de la Subdirección de Sistemas e Infraestructura Tecnológica (Oficina Nº 223), manteniendo su categoría de revista y su jornada horaria, a partir de su notificación y por el lapso de seis (6) meses.-
ARTICULO 2°: Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento Administración del Personal, Dirección General de Capital Humano, Instituto Cultural y Subdirección de Sistemas e Infraestructura Tecnológica , dese al R.O., cumplido; ARCHIVESE.