Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 207
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 01/02/2024
Visto estas actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación por traslado interpuesta por Roberto Omar Solbes, con CUIT 20-11794511-2, para desarrollar actividades bajo el rubro de Venta al por menor de productos de almacén y dietética, en el domicilio de la calle Juan Bautista Alberdi Nº 1455 de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que la solicitud de Habilitación por traslado ha sido interpuesta con fecha 03 de enero del 2024, conforme constancias obrantes a fs.1-2;
Que a fs. 3/18 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs.19/21 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que a fs.22 toma debida intervención el Departamento Habilitaciones, labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 47798 de fecha 31/01/2024,mediante el cual se deja constancia que reúne condiciones de uso e higiene para el desarrollo de la actividad;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº1123/93;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Habilítase a Roberto Omar Solbes con CUIT 20-11794511-2, contribuyente Nº 58023, para desarrollar actividades bajo el rubro Venta al por menor de productos de almacén y dietética, en el domicilio de la calle Juan Bautista Alberdi Nº 1455 de la Localidad de Bahía Blanca.
ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 62/2024 a nombre de Roberto Omar Solbes Contribuyente Nº 58023 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido Archívese.