Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1103
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 20/12/2023
Visto lo solicitado a fs.1 por la Dirección General de Técnica Jurídica, en relación al pago de honorarios profesionales, adicional de ley e I.V.A. que le corresponde abonar a la Municipalidad de Bahía Blanca, en el marco de los autos caratulados: “LANG, MARTA SUSANA C/MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA S/PRETENSION ANULATORIA-EMPL.PUBLICO”, Expte. 27.385 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N°1 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, por el cual se deben abonar los emolumentos correspondientes al letrado patrocinante de la parte actora, Dr. Daniel Félix Valero, por la suma de Pesos ciento cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta y dos con ochenta centavos ($145.252,80.-) y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 el abogado apoderado de la Comuna interviniente en la causa de autos, en forma conjunta con el Jefe de la División Área Judicial y Contencioso Administrativa, dependientes de la Dirección General de Técnica Jurídica, elevaron un informe solicitando el pago de los conceptos referenciados en el Visto, y adjuntaron las piezas procesales pertinentes.
Que conforme el Resolutorio de fecha 2 de noviembre de 2023 de la Cámara en lo Contencioso Administrativa con asiento en la ciudad de Mar del Plata, que en copia se adjunta a fs.2, se regularon los honorarios del Dr. Daniel F. Valero.
Que el monto a pagar indicada en el Visto surge del cálculo realizado a fs.1 por el abogado apoderado de la Comuna interviniente en la causa de autos y el Jefe de la División Área Judicial y Contencioso Administrativa.
Que a fs.4/5 se acompaña constancia del valor del jus arancelario según fija la Acordada N°4124 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires; además se adjunta a fs.6 la constancia de inscripción del letrado mencionado ante la Administración Federal de Ingresos Públicos donde surge su condición de Responsable Inscripto, y a fs.1 se informan los datos de la cuenta bancaria judicial donde se debe efectivizar el depósito pertinente.
Que la cancelación de los mismos resulta conveniente a los intereses de este Municipio en tanto su eventual incumplimiento podría devenir en una ejecución, lo que tornaría mas onerosa la deuda con el consiguiente peligro de sufrir alguna medida cautelar en perjuicio de la Comuna.
Por lo expuesto, y atento la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1°)- Autorícese a Contaduría General a librar Orden de pago por el monto total de Pesos ciento cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta y dos con ochenta centavos ($145.252,80.-) en concepto de honorarios, adicional de ley e I.V.A. del Dr. Daniel Félix Valero; en carácter de abogado de la parte actora, cuyos conceptos fueron regulados mediante sentencia en la causa “LANG, MARTA SUSANA C/MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA S/PRETENSION ANULATORIA-EMPL.PUBLICO”, Expte. 27.385 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N°1 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, monto que deberá depositarse en la cuenta judicial en pesos abierta a nombre de autos, del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, Nº578658/8, CBU 0140437527620657865886; CUIT 30-70721665-0 en un todo de acuerdo a las constancias obrantes en este expediente y lo expuesto en el exordio de la presente Resolución.-
ARTICULO 2º)- El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Cat.Prog.01.06.00, Gasto 3.8.4.0.-
ARTICULO 3°)- Cúmplase, tomen nota Contaduría General, Tesorería Municipal, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-