Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 12915/18
Quilmes, 06/06/2018
VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente HCD-S-2-26459-17 ha sancionado la Ordenanza Nº 12915/18 en la Sesión Extraordinaria del día 24 de Mayo de 2018, que dice:
VISTO
El Expte. Nº 2-26459-HCD-17. Ref.: COMPAÑÍA OMNIBUS 25 DE MAYO LINEA 278 S.A. Solicita Renovación de la concesión de la Línea 585, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo que surge del Expediente de visto, resulta necesario encuadrar dentro del marco de legalidad la continuidad de la concesión del referido Servicio Público, preservando además la fuente laboral de los trabajadores de la empresa, como asimismo la correspondiente percepción por parte del Municipio de las Tasas, Derechos y/o Contribuciones Municipales;
Que la normativa legal aplicable en el caso resulta el Decreto Ley Nº 7466/69 (mod. por Ley Nº 12953), Decreto Ley Nº 16378/57, su reglamentación y modificatorias, Decreto Ley Nº 6769/58, y las Ordenanzas locales Nº 7677/96, 7776/96, 8950/01 y 11331/09;
Que el Artículo 1º del Decreto Ley Nº 7466/69 (mod. por Ley Nº 12953) establece: “El transporte colectivo de pasajeros” que se realiza dentro de los límites territoriales de cada Partido de la Provincia de Buenos Aires, es un servicio público de la Municipalidad correspondiente y su organización y prestación se regirá por las disposiciones de la presente Ley”;
Que el Artículo 3º de dicha norma expresa: “Cada Municipalidad, en el otorgamiento de concesiones para el establecimiento de nuevas líneas de transporte, y en la modificación de los recorridos existentes, así como en la utilización, ejercicio y fiscalización de los servicios de su competencia aplicará las normas establecidas en el Capítulo VII, Artículos 230º al 239º inclusive, de la Ley Orgánica Municipal y las disposiciones de la Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros de la Provincia de Buenos Aires (Decreto Ley Nº 16378/57) su reglamentación y modificaciones;
Que el Artículo 230º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley Nº 6769/58), especifica que “Con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 51º las Municipalidades podrán otorgar a empresas privadas concesiones para la prestación de servicios públicos”;
Finalmente, el “Artículo Nuevo” del Decreto Ley Nº 16378/57 incorporado por Ley Nº 7396 determina: “La explotación de los servicios se otorgará en concesión por el término de diez (10) años, pudiendo a su vencimiento acordarse prórrogas por uno o más plazos iguales si el Poder Ejecutivo lo estimase conveniente…”.
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1º: PRORROGASE el plazo de la concesión otorgada por Ordenanza Nº 11331/09 a la Línea Comunal Nº 585 Ramales 1-2-3, por el término de diez (10) años a computarse a partir de la fecha de la presente, para la explotación del servicio de Transporte Público de Pasajeros en el Partido de Quilmes.
ARTICULO 2º: APRUEBANSE los recorridos que a continuación se detallan:
RAMAL 1:
IDA:
Barrio Los Eucaliptus – calle 871 Bis – calle 898 – Av. Monteverde – Av. Juan D. Perón – Calle 847- Avenida Juan D. Perón- Calle 845 – Calle 892 – Calle 844 – Camino General Belgrano – Lafinur – Av. Mosconi – 12 de Octubre – Aristóbulo del Valle – Puente 14 de Agosto – Av. Hipólito Yrigoyen – Olavarría – San Martín – Humberto Primo – Av. Hipólito Yrigoyen – Videla – Av. Mitre – Alberdi - Cevallos – Matienzo – Av. Mozart – Guido – Av. Isidoro Iriarte (Ex España) – Av. Cervantes – Pasaje Sud América (27 Bis).
REGRESO:
Pasaje Sud América (27 Bis) y Av. Cervantes – Av. Isidoro Iriarte (Ex España) – Av. Mozart – Brandsen - Cevallos – Alberdi – Sarmiento - Alsina – Av. Hipólito Yrigoyen – Puente 14 de Agosto – Aristóbulo del Valle – Corrientes – Vicente López – 12 de Octubre – Av. Mosconi – Lafinur – Camino General Belgrano – calle 844 – Av. Juan D. Perón –calle 847 – Av. Juan D. Perón – Av. Monteverde – Calle 898 – Calle 871 Bis - Barrio Los Eucaliptus.
RAMAL 2:
IDA:
Av. Juan D. Perón – El Gringo (ex Ribereña) – Av. Monteverde – calle 893 – calle 835 - Camino General Belgrano – Lafinur – Av. Mosconi – Laprida – Urquiza – Pte. Perón –Aristóbulo del Valle – Carlos Pellegrini – Gran Canarias.
REGRESO:
Gran Canarias – Corrientes – Urquiza – Laprida – Av. Mosconi - Lafinur – Camino General Belgrano – Calle 835 – Calle 893 – Av. Monteverde - Av. Juan D. Perón – El Gringo (ex Ribereña)
RAMAL 3:
IDA:
Av. Juan D. Perón – El Gringo (ex Ribereña) – Calle 847 – Av. Juan D. Perón - Calle 835 – Calle 893 – Av. San Martín - Camino General Belgrano - Triunvirato – Av. Calchaquí - 12 de Octubre – Aristóbulo del Valle – Puente 14 de Agosto – Avenida Hipólito Yrigoyen – Olavarría – San Martín – Humberto Primo – Avenida Hipólito Yrigoyen – Videla – Alvear - Olavarría – Cevallos – Matienzo – Avenida Mozart – Guido – Av. Isidoro Iriarte (ex España) – Av. Cervantes – Pasaje Sud América (27 Bis).
REGRESO:
Pasaje Sud América (27 Bis) – Av. Cervantes - Avenida Isidoro Iriarte (ex España) – Av. Mozart - Brandsen – Cevallos - Humberto Primo – Av. Mitre – Alsina - Avenida Hipólito Yrigoyen – Puente 14 de Agosto – Aristóbulo del Valle - Corrientes – Vicente López – 12 de Octubre – Av. Calchaquí - Triunvirato – Camino General Belgrano – Av. San Martín – Calle 893 – Calle 835 – Av. Juan D. Perón – Calle 847 – Av. Juan D. Perón – El Gringo (Ex Ribereña).
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.
Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º: PROMULGASE la Ordenanza N° 12915/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Extraordinaria del día 24 de Mayo de 2018.-
ARTICULO 2º: DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.-
DR. IGNACIO C.ALBERTO MARTINIANO MOLINA
SECRETARIO LEGAL Y TECNICO INTENDENTE
DECRETO Nº 2388/2018.-