Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº00708/23

Decreto Nº 00708/23

Coronel Pringles, 09/05/2023

Visto

el Expediente N° 1.904/16 – 1, caratulado “TELLAECHE GABRIEL DIRECTOR DE PRODUCCION SOL. AUT. PARA CELEBRAR CONTRATO CON LACTEOS OCERIN”; y

Considerando

Que el convenio de locación del inmueble donde funciona la Planta Pasteurizadora se encuentra vencido, por lo que la actualización del canon locativo no es procedente, resultando menester la suscripción de un nuevo acuerdo, lo que así dictamine la Asesoría Legal a fs. 181

Que en primer lugar corresponde derogar el Decreto Nº 0200/23 que determina la actualización del valor locativo para luego suscribir nuevo convenio de locación con el Sr. Luis Horacio Ocerín, D.N.I. Nº 22.586.814, del inmueble ubicado en el Sector Industrial, identificado catastralmente como: C: XIV; S: D; Ch: 337, F: I, P: 15º, partida Nro. 15.441/4 destinado exclusivamente a Planta Pasteurizadora (Usina Láctea), por un plazo de vigencia de tres (3) años desde la enero de 2023, fijándose el precio mensual en la suma de $87.479,24, ajustables cada seis (6) meses según el índice de Precios al Consumidor (IPC) que publique el INDEC (Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la Nación), o en su defecto el mismo índice que publique el Congreso de la Nación, pagaderos por adelantado del 01 al 10 de cada mes;

Que el valor del canon locativo se mantendría vigente hasta el 30 de junio de 2023 y de ahí en adelante se procederá el primer reajuste;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

 

                            

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícese la firma de un contrato de locación con el  Sr. Luis  Horacio OCERÍN, DNI: 22.586.814, del inmueble ubicado en el Sector Industrial, identificado catastralmente como: C: XIV; S: D; Ch: 337, F: I, P: 15ª, partida Nro. 15.441/4 destinado exclusivamente a Planta Pasteurizadora (Usina Láctea), por un plazo de vigencia de tres (3) años desde EL 1º de enero de 2023, fijándose el precio mensual en la suma de PESOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($87.479,24), ajustables cada seis (6) meses según el índice de Precios al Consumidor (IPC) que publique el INDEC (Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la Nación), o en su defecto el mismo índice que publique el Congreso de la Nación, pagaderos por adelantado del 01 al 10 de cada mes.

ARTICULO 2°: Lo dispuesto en el artículo 1° ingresará en la Jurisdicción 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, Recurso Presupuestario 12500000 “Alquileres”.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 0708/23.