Boletines/Tandil
Decreto Nº 542/2024
Tandil, 22/02/2024
Visto
La nota del Departamento de Servicios Generales, por medio de la cual solicita se reubiquen a las trabajadoras del Servicio – Mucamas, Marisa Gabriela Nuñez - Legajo 10.548 y Mara Anabel Ibarra - Legajo 11.249.
Considerando
Que han informado la Coordinadora del Departamento de Servicios Generales, el Responsable a Cargo de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Reubicase la trabajadora Marisa Gabriela Nuñez - Legajo 10.548, quien actualmente se encuentra designada como Personal de Servicio en la categoría 8 - 48 hs. semanales, prestando tareas en el Lavadero del Hospital "Ramón Santamarina" del Sistema Integrado de Salud Pública, deberá ser reubicada a partir del 08 de enero de 2024 como Personal de Servicio - Mucama, dando de baja el descuento del 16% destinado al Instituto de Previsión Social, como así también la bonificación Adicional por Tareas Criticas, a partir del 8 de enero de 2024.
Artículo 2°: Reubicase a la trabajadora Mara Anabel Ibarra - Legajo 11.249, quien actualmente se encuentra designada como Personal de Servicio - Mucama en la categoría 3 - 48 hs. semanales, prestando tareas como mucama en el Hospital "Ramón Santamarina" del Sistema Integrado de Salud Pública, deberá ser reubicada en el sector de Lavadero, correspondiente al 16% destinado al Instituto de Previsión Social por tratarse de un sector insalubre y abonar el Adicional por Tareas Críticas, a partir del 08 de enero de 2024.
Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 - Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 - Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 – Administración y Conducción, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.1.0.0 - Personal Permanente, 1.1.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.8 - Personal de Servicio, 1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 - Por Antigüedad, 1.1.3.2 - Por Extensión Horaria, 1.1.3.3 - Liquidación Obra Social, 1.1.5.0 - Otros Gastos en Personal, 1.1.5.6 - Adicional Tareas Críticas, 1.1.5.7 - Bonificación Especial, 1.1.7.0 - Complementos, 1.1.7.1 - Por Presentismo del presupuesto de gastos en vigencia.-.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Dirección del Hospital "Ramón Santamarina", Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia