Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 82
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 17/01/2024
Visto las presentes actuaciones, originada por la Subsecretaría de Espacios Públicos, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, referida a la contratación del servicio de limpieza de ramas en la ciudad de Bahía Blanca, conforme a la solicitud de pedido N°250/2024, y;
CONSIDERANDO:
Que atento al Decreto Nº5011/2023 que dispone en su: "ARTICULO 4: declara en todo el Distrito de Bahía Blanca la Emergencia sanitaria, alimentaria, social, ambiental, habitacional, de infraestructura, administrativa, económica y de servicios públicos (...)";
Que así mismo establece en su "ARTICULO 5: INSTRUIR a la Secretaría de Economía y a todas la instancias pertinentes de la Administración Municipal a implementar todos los instrumentos administrativos y jurídicos de carácter excepcional previstos en la Ley Orgánica Municipal, y normas aplicables, para garantizar la asistencia sanitaria, alimentaria, social, ambiental, habitacional, de infraestructura, administrativa, económica y de servicios públicos que la emergencia demande." ;
Que el Articulo 119 inciso b de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que: “el Departamento Ejecutivo podrá realizar gastos aún cuando el concepto de ellos no esté previsto en el Presupuesto General o excedan el monto de las partidas autorizadas, b- en los casos de epidemias, inundaciones y otros acontecimientos imprevistos que hagan indispensable la acción inmediata de la Municipalidad adoptando el procedimiento de regularización de créditos presupuestarios previsto en el mismo";
Que de lo dispuesto por el referenciado artículo y de acuerdo a lo resuelto por el Honorable Tribunal de Cuentas, el 02 de julio de 2009 en marco de la emergencia sanitaria, se advierte que la normativa vigente permite al Intendente ante situaciones de emergencia efectuar gastos sin la correspondiente autorización presupuestaria; Que por tal motivo se infiere que a los efectos de no impedir la inmediata intervención de la comuna pueden obviarse las modalidades de contratación habituales – concurso de precios y licitaciones -, posibilitando con ello la adquisición directa de bienes y servicios indispensables y urgentes;
Que a fojas 3 el Subsecretario de Espacios Públicos solicita la carga del servicio de mantenimiento y limpieza de ramas de árboles caídos o por caerse, frete a la catástrofe climática del día 16 de diciembre del 2023;
Que a fojas 110 a 112 obra Dictamen Legal el cual expresa: "...Por todo lo expuesto, entiendo que los funcionarios requirentes de los suministros y el Departamento Compras deberán analizar y disponer cual de estas herramientas que ofrece la Ley Orgánica de las Municipalidades y permite la Doctrina del H. Tribunal de Cuentas resulta la más adecuada para fundar cada una de las contrataciones directas que realice excepcionalmente en el marco de la emergencia declarada.";
Que a fojas 113 el Departamento compras expresa que atento a lo dispuesto por Decreto 5011/2023 artículo 4° con fecha 17 de diciembre del 2023, y que el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra trabajando en forma continua con el fin de mitigar el impacto generado por la catástrofe climática del pasado 16 de diciembre de 2023; Que de acuerdo a lo resuelto por el Honorable Tribunal de Cuentas, con fecha 02 de julio de 2009 en marco de la Emergencia Sanitaria, se advierte que la normativa vigente permite ante situaciones de emergencia obviar las modalidades de contratación habituales concurso de precios y licitaciones, posibilitando con ello la adquisición directa de bienes y servicios indispensables y urgentes;
Que en el informe del párrafo citado ut supra se solicita la contratación del servicio de limpieza de ramas en la ciudad de Bahía Blanca, a favor de: SVARA INGENIERIA CIVIL SRL (Proveedor N°8917) por un importe total de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($17.424.000.-); ECOSUR BAHIA SOCIEDAD ANONIMA (Proveedor N°5983) por un importe total de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($17.424.000.-); BENEDICTINO S.A. (Proveedor N°6232) por un importe total de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($17.424.000.-); MARMAX S.R.L. (Proveedor N°9363) por un importe total de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($17.424.000.-); INGENIERIA Y ARQUITECTURA SRL (Proveedor N°5425) por un importe total de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($17.424.000.-);
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- DECRETA -
ARTICULO 1º).- Adjudicase a SVARA INGENIERIA CIVIL SRL (Proveedor N°8917) por un importe total de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($17.424.000.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas en el presente expediente.
ARTÍCULO 2°).- Adjudicase a ECOSUR BAHIA SOCIEDAD ANONIMA (Proveedor N°5983) por un importe total de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($17.424.000.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas en el presente expediente.
ARTÍCULO 3°).- Adjudicase a BENEDICTINO S.A. (Proveedor N°6232) por un importe total de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($17.424.000.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas en el presente expediente.
ARTÍCULO 4°).- Adjudicase a MARMAX S.R.L. (Proveedor N°9363) por un importe total de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($17.424.000.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas en el presente expediente.
ARTÍCULO 5°).- Adjudicase a INGENIERIA Y ARQUITECTURA SRL (Proveedor N°5425) por un importe total de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($17.424.000.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas en el presente expediente.
ARTICULO 6º)- Refréndese el presente Decreto por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
ARTICULO 7º)- Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVESE.-