Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 3490
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 20/12/2023
Visto estas actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación por actualización interpuesta por la firma ANGEL FERNANDEZ GOMEZ S.R.L., con CUIT 30-71094242-7, para desarrollar actividades bajo el rubro de FERRETERÍA, en el domicilio de la calle Avda. Colón Nº 2103, de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que la solicitud de Habilitación por actualización ha sido interpuesta con fecha 28/09/2023, conforme constancias obrantes a fs. 1 y 2;
Que a fs. 3/26 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs. 30 toma debida intervención el Departamento Habilitaciones, labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 2672 de fecha 10/10/2023, en el que se deja constancia que deberá presentar nueva planilla web por Ampliación de Superficie;
Que se presentó la planilla solicitada con fecha 30/11/2023 y que obra a fs. 31-32, juntamente con la documentación respaldatoria de fs.33/55;
Que a fs.56/58 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº 1123/93;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Habilitase a la firma ANGEL FERNANDO GOMEZ S.R.L., con C.U.I.T. 30-71094242-7, contribuyente Nº 073093, para desarrollar actividades bajo el rubro FERRETERÍA, en el domicilio de la calle Avda. Colón Nº 2103 de la Localidad de Bahía Blanca.
ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 917/2023 a nombre de la firma ANGEL FERNANDO GOMEZ S.R.L., Contribuyente Nº 073093 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.-
ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido: Archívese.-