Boletines/Coronel Dorrego
Ordenanza Nº 4480/23
Coronel Dorrego, 23/11/2023
VISTO:
La necesidad de adecuar el tránsito en la ciudad cabecera; y
CONSIDERANDO:
Que se ha establecido mejorar la circulación vehicular en calle Pte. Perón colindante al Barrio San Martín.
Que es necesario colocar señaléticas orientativas de dirección de circulación vial en calle Juan Domingo Perón entre Narciso Faudry y 13 de diciembre separada por un boulevard
Que la calle Presidente Perón realiza una bifurcación en el sector, quedando un boulevard en el medio.
Que esta circunstancia plantea la necesidad de adecuar el tránsito en el lugar, permitiendo tener ambos sentidos de circulación.
Que se ha advertido que transitando por 13 de diciembre, es confuso saber si una de las dos calles es mano o contramano.
Que también se apreció la necesidad de modificar la circulación en calle René Favaloro, en proximidad al Barrio Independencia, Bº Mercantil II y al Complejo Recreativo de Empleados de Comercio.
Que la presente Norma viene a complementar la Ordenanza Marco 4020/20.
POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:
ORDENANZA:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º) Establézcase el sentido de circulación en Calle Pte Perón entre 13 de ============ Diciembre y Faudry, quedando pautado de la siguiente manera:
Pte. Perón (sección de la calle, paralela e inmediata a Echeverría) MANO ÚNICA DEL SE AL NO,
Pte. Perón (sección de la calle, paralela e inmediata a San Martín)MANO ÚNICA DEL NO AL SE.-
ARTÍCULO 2º) Incorpórese al Artículo Nº 3, de la Ordenanza Nº 4020/20, el siguiente ============ Inciso:
MANO ÚNICA DE NO A SE
ARTÍCULO 3º) Autorízase al Departamento Ejecutivo la colocación de cartelería que ============= estime corresponder, a efectos de procurar su efectivo cumplimiento y brindar seguridad vial.-
ARTÍCULO 4º) Instase a la Dirección de Inspección Municipal a comunicar lo ============= dispuesto, durante un lapso de treinta días corridos, desde la promulgación de esta Norma. Cumplido dicho plazo se hará efectivo el acatamiento de la presente normativa.-
ARTÍCULO 5º) Impútase los gastos que demande el cumplimiento de la Ordenanza, a ============= la cuenta presupuestaria que corresponda.-
ARTÍCULO 6º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, dese ============ al Registro Oficial y oportunamente archívese.-
SALA DE SESIONES, 23 de noviembre de 2023.-
María Alicia Jalle Alejandro Gabriel Zorzano
SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
H. CONCEJO DELIBERANTE H. CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL NÚMERO: 4480/23