Boletines/Coronel Dorrego

Ordenanza Nº4478/23

Ordenanza Nº 4478/23

Coronel Dorrego, 23/11/2023

VISTO:

               La nota recibida en este Cuerpo Deliberativo, mediante la cual titulares comerciales requieren el uso del espacio público; y

 

CONSIDERANDO:

Que las propietarias de la Tienda de Juguetes sustentables “Menganita y Fulanita” solicitan el uso de la vía pública y el corte del tránsito de la calle Yrigoyen al 700.

Que la petición es para ofrecer a las familias e infancias poder disfrutar de las tradiciones navideñas.

 

Que han previsto actividades para celebrar las vísperas de la navidad y mantener la magia e ilusión de la población infantil, ofreciendo un espacio para permitir que los menores puedan acercarse a saludar, entregar sus cartas y tomarse una foto con Papá Noel, en las inmediaciones del local comercial.

 

Que el corte del tránsito vehicular permitiría una mejor organización del evento y seguridad de las familias e infancias que puedan asistir.

 

Que la propuesta se llevará a cabo los días lunes 11 y martes 12 de diciembre, entre las 18.30 y las 20.30 horas.

 

POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:

 

 

ORDENANZA:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º) Autorízase las Licenciadas Estela González y Bruna Ribera Charaia =============   a utilizar:

 

Espacio público: Yrigoyen al 750

Fechas: lunes 11 y martes 12 de diciembre/2023

Horario: 18.30 a 20.30 horas.

El permiso es al solo efecto de desarrollar las actividades descriptas en los considerandos.-

 

ARTÍCULO 2º) Establézcase que las organizadoras autorizadas asumen por sí en =============   forma exclusiva y excluyente la responsabilidad sobre la seguridad y control de comportamiento de participantes, como asimismo de todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión de las actividades a desarrollar.-

 

ARTÍCULO 3º) Establézcase que las autorizadas, serán responsables absolutas de: ============

  • la higiene del lugar, asumiendo por sí en forma exclusiva y excluyente,
  • la responsabilidad de la seguridad,
  • el control del comportamiento que genere la actividad propuesta, como asimismo de todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión del desarrollo del evento,
  • y el cuidado de los espacios verdes y su entorno.-

 

ARTÍCULO 4º) Sanciónase ante el incumplimiento de la presente, a las permisionarias ============= de acuerdo a lo establecido en el marco legal, establecido por Ordenanzas y normativas vigentes.-

 

ARTÍCULO 5º) Establézcase en el caso de corresponder, las autorizadas deberán ============= abonar las contribuciones establecidas a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (S.A.D.A.I.C.).-

 

ARTÍCULO 6º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, dése ============ al Registro Oficial y oportunamente, archívese.-

 

SALA DE SESIONES, 23 de noviembre de 2023.-

 

         María Alicia Jalle                                                                                                                               Alejandro Gabriel Zorzano

SECRETARIA LEGISLATIVA                                                                                                                               PRESIDENTE

H. CONCEJO DELIBERANTE                                                                                                                H. CONCEJO DELIBERANTE

REGISTRADA BAJO EL NÚMERO: 4478/23