Boletines/Coronel Dorrego
Ordenanza Nº 4468/23
Coronel Dorrego, 09/11/2023
VISTO:
El desarrollo urbano y su expansión respecto a la conformación histórica del ejido urbano de la ciudad cabecera;
La necesidad expuesta permanentemente por vecinos que se encuentran afincados en el sector; y
Considerando:
Que es menester ofrecer a esos habitantes su reconocimiento como parte de esta ciudad cabecera, en cuanto a poder expresar y sentirse identificados en su urbanización.
Que es un derecho que se les está adeudando.
Que es necesario un ordenamiento integral de la identificación del trazado, para darle identidad a las calles que componen la Subárea Suburbanizada 1.
Que la conformación del ejido urbano de la ciudad cabecera, respeta la estructura tradicional.
Que el actual ejido urbano con forma de damero, se encuentra nominado o identificado cardinalmente entre las calles 2 (San Martín) y calle 20 (Omar Santiago Cisneros); entre calle 1 (Maestro Lequerica) y calle 17 (Carlos Gardel); entre calle 22 (J.B. Maciel) y calle (38); entre calle 21 (Italia) y calle 47, con las respectivas avenidas Dr. N. Santagada y A. R. Fuertes y las diagonales que establece las vías del ferrocarril identificadas como Colon y de los Reseros.
Que fuera de este ejido reticular se ha extendido la población, generando la radicación de familias en sectores innominados.
Que la Ciudad de Coronel Dorrego, no es diferente a muchas otras ciudades donde se estructuró la vida social alrededor de una plaza principal, atravesada por calles creando un esquema urbano tradicional, con calles paralelas y manzanas cuadradas, ya que toda la actividad esencial de la época fundal se circunscribía al entorno cívico que se dada en el espacio verde central.
Que con el paso de los años el urbanismo no es estático y los esquemas urbanos deben adecuarse, extendiendo sus calles.
Que en los últimos años se visualiza un crecimiento o la expansión poblacional en áreas de la periferia, donde la población elige otras formas de vida, como el establecimiento en quintas o chacras, ubicadas en el ejido periurbano de la ciudad. Dando estas circunstancias un crecimiento urbano y una renovación a sectores que antes estaban relegados.
Que una adecuada identificación permite un ordenamiento y Planificación Urbano Territorial, dándole asimismo a los frentistas del sector la posibilidad de identificar su propiedad.
Que lo antedicho, posibilita la identificación del conjunto del ejido urbano de la ciudad cabecera. Dando una visión de futuro afianzando el crecimiento y la radicación de viviendas así como de emprendimientos comerciales.
Que esta propuesta legislativa de identificar las arterias del barrio con números, es el anteproyecto que permitirá evaluar posteriormente la nominación de las calles.
Que es atribución del Departamento Deliberativo (Art. 27º, Incisos 2º y 4º de la LOM) el trazado y la imposición de nombres a calles.
POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:
Ordenanza:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º) Desígnase con la siguiente numeración a las arterias de la ciudad ============= cabecera, que se detallan a continuación:
ARTÍCULO 2º) Desígnase con los nombres que a continuación se mencionan a las calles ============ de la ciudad cabecera:
ARTÍCULO 3º) Dispóngase que las viviendas serán numeradas de acuerdo al ============= ordenamiento que establezca para la cuestión el área de catastro municipal.-
ARTÍCULO 4º) Establézcase la circulación y tránsito vehicular para estas arterias, según ============ lo dispuesto en la Ordenanza Nº 4020/20.-
ARTÍCULO 5º) Instáse al Departamento Ejecutivo a arbitrar los medios que permitan la ============ correcta identificación de las mencionadas Calles, con la colocación de letreros, señales o nomencladores. -
ARTÍCULO 6º) Impútase la erogación que demande el cumplimiento de la presente ============ Ordenanza, a la cuenta presupuestaria que corresponda.-
ARTÍCULO 7º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, dese ============ al registro oficial y oportunamente archívese.
SALA DE SESIONES, 9 de noviembre de 2023.-
María Alicia Jalle Alejandro Gabriel Zorzano
SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
H. CONCEJO DELIBERANTE H. CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL NÚMERO: 4468/23
ANEXO I:
ORDENANZA Nº 4468/23