Boletines/Coronel Dorrego

Decreto Nº3041/2023

Decreto Nº 3041/2023

Coronel Dorrego, 16/02/2024

Visto

El  informe  elevado,  mediante  Expte. 2264/2023,  por  la Dirección  de  Salud y Medio Ambiente  de  esta  Comuna, comunicando la realización del Proyecto ABORDAJE INTEGRAL DEL CONSUMO PROBLEMÁTICO DE SUSTANCIAS, que se viene desarrollando desde el año 2017  en las escuelas secundarias de la localidad de Cnel. Dorrego;

Considerando

Que dicho proyecto se realiza conjuntamente entre la Dirección de Salud y los Equipos de Orientación Escolar de nivel secundario, siendo su objetivo la prevención del consumo problemático en los jóvenes reforzando los factores protectores y disminuyendo los de riesgo;

 

                                   Que se planea la realización de un encuentro el día 24 del corriente en el Vivero Parque Municipal; siendo necesario solventar los gastos de organización del mismo;

 

                                   Que se contará  con la presencia de grupos de alumnos pertenecientes a la EEST Nº 1, EESA Nº1, EE Nº 2, Instituto San José e Instituto Maestro Lequerica que participaron de los talleres desarrollados por el personal del Área de Salud y Deportes de este Municipio durante el presente ciclo lectivo, y se realizarán actividades recreativas y de reflexión que permitan desarrollar conceptos abordados por los estudiantes, compartiendo posteriormente un almuerzo cuyo acceso será libre y gratuito;

POR ELLO, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades - 

 

D E C R E T A

ARTÍCULO  1°) Declarase de Interés Municipal, en el marco de la Ordenanza  N°  3210/12, la EL PROYECTO ABORDAJE INTEGRAL DEL CONSUMO PROBLEMÁTICO DE SUSTANCIAS a realizarse el día 24 del corriente partir de las 09:00 horas en el Vivero Parque Municipal.-

 

ARTICULO  2°)  Facultase  a Contaduría Municipal a liquidar hasta la suma de $ 120.000.- (Pesos Ciento Veinte Mil), por los fundamentos expuestos en el exordio y con cargo de presentación de los respectivos comprobantes por los gastos realizados.-

 

ARTICULO 3°) Los gastos de organización del evento serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes.

 

ARTÍCULO 3°) Comuníquese a Contaduría Municipal, Dirección de Salud y Medio Ambiente, demás que corresponde, dése al R.O. y, oportunamente, archívese.