Boletines/Tandil
Decreto Nº 499/2024
Tandil, 20/02/2024
Visto
La nota presentada por la Directora Médica del Hospital de Niños "Debilio Blanco Villegas", Dra. Nancy Guerrero, por la cual solicita regularizar el pago de los cirujanos a cargo de Cirugía Infantil que cubre los diferentes servicios del Hospital de Niños y el Servicio de Neonatología del Hospital "Ramón Santamarina".
Que actualmente el servicio está siendo prestado por la Dra. Lucía Consuelo García Collar - Legajo 8.408 y el Dr. Juan Alejandro Baldini - Legajo 10.528.
Considerando
Que se ha arribado a un acuerdo con dichos profesionales respecto del cumplimiento de la carga horaria de los mismos como así también de la distribución de las guardias.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Deróguese el inciso 2 del artículo 2° del Decreto Nro. 939/18 a partir del 1° de febrero de 2024.
Artículo 2°: Establézcase a partir del 1° de febrero de 2024 el cumplimiento de las cargas horarias de 36 horas semanales de guardia de los Doctores Juan Alejandro Baldini – LP 10.528 y Lucía Consuelo García Collar – LP 8.408, de acuerdo a lo siguiente:
• Guardias pasivas de lunes a viernes: Se destinarán a la cobertura de guardias pasivas por cobertura de 2,5 días por un espacio de 24 horas y 12 horas, respectivamente, que serán distribuidas por los profesionales en forma indistinta y asegurando la cobertura del servicio durante 5 días a la semana, percibiendo por las mismas el concepto 55 “Bonificación Guardias Pasivas”.
• Guardias de sábados y domingos: Los profesionales percibirán el concepto de “Bonificación Guardia Activa”, imputando este cargo en retribución por la cobertura de una guardia de 24 horas los días sábados y/o domingos, que será realizada en forma indistinta por cada uno de ellos y conforme organización semanal, abonándose por tal tarea el equivalente a cinco (5) guardias mensuales de día hábil.
• Las 12 horas restantes estarán destinadas a tareas de planta, sala o donde se convenga con la Dirección del Hospital de Niños “Dr. Debilio Blanco Villegas”, en conjunto con ateneos y quirófano del Hospital “Ramón Santamarina”.
Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 18.00.00 – Hospital de Niños Debilio Blanco Villegas, 110 – Tesoro Municipal, Partidas 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, Otros Gastos en Personal, 1.1.5.3 Bonificación Guardias Médicas del Presupuesto de gastos vigente.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Direcciones del Hospital de Niños “Dr. Debilio Blanco Villegas” y del Hospital “Ramón Santamarina”, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia