Boletines/Tandil
Decreto Nº 453/2024
Tandil, 15/02/2024
Visto
os convenios de Alta de PIAS transcriptos en el Lote Nº 2.804 del Registro Único de Beneficiarios (RUB) para el corriente período, y;
Considerando
Que al respecto se ha expedido la Secretaría de Economía y Administración, por sus áreas, la Dirección de Presupuesto y la Contaduría General.
Que los datos consignados en el anexo de PIAS corresponden a titular del beneficio, monto y medio de pago,
Que los datos complementarios, como los correspondientes al lugar o institución en la cual se ejerce la contraprestación, fecha de alta y finalización, carga horaria y tarea a realizar, se encuentran consignados en el Lote correspondiente del R.U.B. y en los legajos físicos que contienen cada convenio individual en cada dependencia originante.
Que a su vez cada dependencia originante es encargada del control de cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ordenanza 17.136 para el alta en el Programa.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Autorícese a la Secretaría de Economía y Administración el pago de Programa Integral de Abordaje Sociocomunitario (PIAS) correspondiente a la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas por un total de Dos millones novecientos doce mil seiscientos cuarenta pesos ($2.912.640,00) correspondientes a veintitrés (23) registros, según la nómina consignada en el Anexo A – PIAS Lote 2804 – SPYOP del presente decreto.
Artículo 2°: Los pagos autorizados en el Artículo 1º deberán ser abonados a través de los medios de pago correspondientes según la información detallada en el siguiente anexo:
- Anexo A Pias Lote 2804:
– Transferencia Bancaria - $2.664.000,00 –SPYOP- (21 registros).
– Ticketera - $248.640,00 – SPYOP – (2 registros).
Artículo 3º: Las erogaciones a producirse serán imputadas de acuerdo a lo indicado por la Dirección de Presupuesto.
Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Subsecretario de Infraestructura y Obras Públicas a cargo de la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal y archívese a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Sebastián García (Subsecretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Subsecretaría de Infraestructura y Obras Públicas - Intendencia