Boletines/Lujan
Decreto Nº 2095
Lujan, 21/09/2022
EX-2022-00125494-MUNILUJAN-SPC- Declarar de Interés Municipal la “48° Peregrinación Juvenil a Luján”
Visto
el expediente EX-2022-00125494-MUNILUJAN-SPC por donde se tramita la realización de la “48° Peregrinación Juvenil a Luján” a realizarse los días 1 y 2 de octubre de 2022; y
Considerando
Que a mediados de la década del 70’, cuando un grupo de jóvenes guiados por un sacerdote con una indudable actitud profética comenzó a vislumbrar lo que sería un posible encuentro, entre los jóvenes, María y su pueblo;
Que la Primera Peregrinación de la Juventud a la Basílica Nacional “Nuestra Señora de Luján”, fue en octubre del año 1975 y concurrieron alrededor de 30.000 jóvenes, y así año tras año hasta la multitud que de las últimas ediciones participa y que hace de esta caminata un verdadero acontecimiento de religiosidad popular;
Que el mencionado acto congrega a personas de todas las ciudades, y en virtud de ello es difundido por diversos medios nacionales, contribuyendo a divulgar la importancia de nuestra ciudad y la devoción a la Virgen de Luján;
Que es deber y obligación del estado municipal, destacar y poner en valor este tipo de expresiones religiosas, que permitan seguir posicionando a la Ciudad de Luján como destino turístico, cultural y religioso a nivel mundial.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la Secretaria, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149-MUNILUJAN-SGPC.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley N° 6.769/58.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la “48° Peregrinación Juvenil a Luján”, bajo el lema: “MADRE, MIRANOS CON TERNURA, QUEREMOS UNIRNOS COMO PUEBLO” a llevarse a cabo los días 1 y 2 de octubre de 2022.-
Artículo 2º.- El gasto que demande lo dispuesto en los artículos anteriores será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
26.- Secretaría de Protección Ciudadana.
01.01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Protección Ciudadana.
110.- Tesoro Municipal.
2.1.1.0.- Alimentos para Personas.
3.2.9.0.- Alquileres y Derechos. Otros.
2.9.9.0.- Otros Bienes de Consumo. Otros.
3.2.2.0.- Alquiler de Maquinaria, Equipo y Medios de Transporte.
Artículo 3º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, publíquese y archívese.-