Boletines/Lujan
Decreto Nº 1952
Lujan, 12/09/2022
EX-2022-00119576-MUNILUJAN-SCT- Creación de la Oficina de Fortalecimiento del Sector Cultural y Turístico Local
Visto
que mediante expediente municipal EX-2022-00119576-MUNILUJAN-SCT se tramita la creación de la Oficina de Fortalecimiento del Sector Cultural y Turístico Local y;
Considerando
Que, ante la necesidad de fortalecer el sector cultural y turístico local, se requiere la creación de una oficina de Fortalecimiento del Sector Cultural y Turístico Local, que tendrá como objetivo la creación de una área específica intersectorial para la investigación e implementación de proyectos tendientes a fortalecer el sector turístico local.
Que, entre los distintos objetivos específicos del mencionado programa se propone la gestión y ejecución de programas de fortalecimiento de los sectores nacionales o provinciales, la promoción de la transparencia institucional, con la eficiencia y eficacia en la aplicación de los recursos públicos, la redacción de condiciones y consideraciones para pliegos de licitaciones públicas y privadas, la consolidación del Observatorio Turístico Local, la búsqueda de apoyo económico, la compra de contrataciones de acuerdo a las normativas regulatorias y el diagnóstico de la oferta y demanda turística local.
Que, para alcanzar los objetivos antes detallados, las actividades programadas serán el mantenimiento de vínculos con organismos públicos y privados, provinciales y nacionales que ofrezcan programas de cooperación y apoyo financiero al sector turístico cultural, la redacción de proyectos de apoyo económico, el seguimiento y evaluación de la implementación del proyecto, la presentación de los informes de situación, la confección de informes de rendimiento de fondos a organismos otorgantes, Sistematización de las compras y contrataciones por origen de fondo de la Secretaria de Culturas y Turismo, la carga en sistema Rafam de solicitudes de pedidos, la articulación con la Dirección de Compras, a fin de promover la inscripción de nuevas empresas en el registro de proveedores municipales, la articulación con las empresas adjudicatarias, para coordinar prestación de servicios, construcciones o entrega de materiales, la confección de certificaciones, presentación de facturas, el seguimiento de pagos a proveedores en articulación con Economía, la articulación con Obras públicas.
Que, asimismo, a partir del relevamiento de las receptoras del Turismo se elaborarán informes, la integración al estudio de Instituciones educativas y entidades afines en la construcción de herramientas de observación y consulta, el seguimiento de las variaciones de las características del mercado turístico local, a fin de diseñar proyectos adecuados.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la Secretaria, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149-MUNILUJAN-SGPC.
Que, el presente e dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Créase la Oficina de Fortalecimiento del Sector Cultural y Turístico Local la cual dependerá de la Secretaría de Culturas y Turismo, a partir del 1° de octubre de 2022.-
Artículo 2º.- La Oficina de Fortalecimiento del Sector Cultural y Turístico Local, tendrá como objetivo la creación de una área específica intersectorial para la investigación e implementación de proyectos tendientes a fortalecer el sector turístico local.-
Artículo 3°.- Autorícese a la agente municipal Mariela Aguada, legajo N°6864, a actuar como titular de la Oficina de Fortalecimiento del Sector Cultural y Turístico Local, creada por el Artículo 1° del presente decreto.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, tómense conocimiento quienes correspondan, publíquese y archívese.-