Boletines/Lujan
Decreto Nº 1872
Lujan, 01/09/2022
Licencia sin goce de haberes Amarillo Marcela
Visto
Que mediante expediente N° EX-2022-00118984-MUNILUJAN-DRH#SGPC, tramita la solicitud de licencia sin goce de haberes de la agente municipal Marcela Amarillo; y
Considerando
Que en orden 02, mediante Nota N° NO-2022-00115774-MUNILUJAN-SS, luce como archivo embebido, la solicitud de la referida licencia, por parte de la interesada a partir del 1° de octubre de 2022, por el término de seis (6) meses, manifestando la Dirección Administrativa y el Departamento de Personal del Hospital Municipal “Nuestra Sra. de Luján” que aprueban el pedido de solicitud.
Que en orden 03, la Secretaría de Salud, toma vista y conocimiento de la licencia solicitada por la agente Amarillo Marcela.
Que en orden 04, la Dirección de Recursos Humanos toma vista e informa que la licencia solicitada, está contemplada en el artículo 96° de la Ley N°14.656, el cual establece que: “… por causas no previstas en la ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin goce de haberes. Para hacer uso de esta licencia el trabajador deberá contar con una actividad mínima inmediata de un (1) año a la fecha de su iniciación…”, y que el período de otorgamiento será desde el 1° de octubre de 2022 al 31 de marzo de 2023.
Que a orden 6 la Dirección de Recursos Humanos informa que la agente Amarillo, legajo n° 4450, pertenece a la planta permanente, revistiendo como personal administrativo – clase IV de 40 horas semanales en el Hospital Municipal “Nuestra Sra. de Luján”, percibiendo en sus haberes bonificación por título (8%) y bonificación por función (10%).
el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107 ° y concordante del Decreto Ley N°6769/58 y artículo 96° de la Ley N°14.656.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Otorgase Licencia sin goce de haberes, a la agente municipal de planta permanente Marcela AMARILLO, legajo n° 4450, por los motivos expuestos en los considerandos del presente, a partir del 1° de octubre de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2023, inclusive, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96° de la Ley 14656.
Articulo 2°.- Hágase reserva del cargo que ocupa en la Municipalidad de Luján la agente municipal de planta permanente Marcela AMARILLO, legajo n° 4450, como personal administrativo – clase IV de 40 horas semanales, mientras se encuentre de licencia sin goce de haberes en los términos dispuestos por el artículo 1° del presente: asimismo se establece, que dicho cargo no será ocupado.
Artículo 3º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda notifíquese, publíquese y archívese.