Boletines/Lobería

Decreto Nº191-24

Decreto Nº 191-24

Lobería, 24/01/2024

ASÍGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, Decreto  N° 102/24; y

Considerando

QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna, ARQ. DANIEL MASÓN, solicita se asignen tareas al personal destajista designado por Decreto          N° 102/24, que realizará trabajos de albañilería en las 10 viviendas, en el marco de la Operatoria “Programa Bonaerense II – Solidaridad”, ubicadas en calle Barragán N° 55, a partir del 10 de enero y hasta el 30 de mayo de 2024 inclusive;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado mediante Decreto N° 102/24, que realizará trabajos de albañilería en las 10 viviendas en Lobería, en el marco de la Operatoria “Programa Bonaerense II – Solidaridad”, ubicadas en calle Barragán N° 55, a partir del 10 de enero y hasta el 30 de mayo de 2024 inclusive:

APELLIDO Y NOMBRE                                   DOCUMENTO        

AMAYA, NESTOR ROBERTO                           18.027.412 

ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir se detallan a continuación:

TAREAS                                                                   MONTO

Revoque fino                                                            $ 233.760

Piso cerámico                                                           $ 274.105

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS QUINIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 507.865.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES CON NOVENTA CENTAVOS ($ 436.763,90.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 60.943,80. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 69 Construcción de 10 Viviendas I.V.B.A. - 5.2.1.0 Transferencias a personas – F.F. 132 De Origen Provincial” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Dirección de Vivienda, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.