Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº139/2024

Decreto Nº 139/2024

Coronel Suárez, 16/01/2024

Visto

el expediente de referencia y

Considerando

Que por Decreto 798/22 (fs. 1064) se adjudicó la Licitación Publica 6/22-  a la firma CONDISER SRL., por ser la más conveniente a los intereses municipales y cumplir en un todo con el pliego de la licitación, para la Obra “Construcción Centro de Desarrollo Infantil de Coronel Suárez”.-

Que por dicho Decreto se adjudica la obra de referencia a la mencionada firma por la suma de $ 43.430.542,87 (Pesos cuarenta y tres millones cuatrocientos treinta mil quinientos cuarenta y dos con 87/00).-

Que con fecha 18.04.2022 se suscribe entre las partes Contrato de Locación de Obra (fs. 1068/1069) estableciendo las clausulas y condiciones conforme Pliego de bases y condiciones que forman parte del mismo.-

Que habiendo dado cumplimiento a todos los requerimientos legales el 26.05.2022 se suscribe Acta de Replanteo y proceden a dar comienzo a la ejecución de la obra (fs. 1132).-

Que en fecha 27.06.2022, el inspector de obra, el M.M.O y el representante de la contratista, suscriben cambio de implantación de la obra, procediendo a dar inicio a la misma e iniciándose el plazo contractual para su realización (fs. 1133).-

Que, en virtud de nota presentada por la contratista, obrante a fs. 1155, se emite acta de neutralización de plazos a partir del 1.07.22 (fs. 1160) y la consecuente acta de reinicio de obra de fecha 01.08.22 estableciendo expresamente el plazo de obra en 209 días corridos.-

Que, mediante Decreto 452/23 se amplía el plazo de ejecución de la obra por 120 (ciento veinte) días, contados a partir del día 22 de febrero de 2023. De igual manera, el Decreto 1945/23, prevé una nueva ampliación de 120 días corridos, contados a partir del día 22 de junio de 2023.

Que la contratista percibe hasta el Certificado Nº 12 con un avance de Obra acumulado del 46.575% comenzando a partir del 27.06.2022 las Ordenes de Servicio (Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 Y 14) que dan cuenta no solo del atraso de obra sino de las deficiencias en la construcción, las que fueron todas debidamente notificadas a la contratista.-

Que a fs. 1507 luce el informe elaborado por el Secretario de Obras Pcas. Ing. Mario A. Abelardo dando cuenta que, mediante Orden de servicio N°2 de fecha 2/8/2022: se solicita plan de trabajos actualizado. Orden de servicio N°3 de fecha 8/8/2022: se notifica ausencia de personal desde el 1/8/2022. Orden de servicio N°4 de fecha 1/11/2022: se solicita regularizar entrega de materiales dentro de las 48 hs. y corregir las columnas respetando el pliego, tal como se había acordado en reunión realizada el 13/10. Orden de servicio N° 6 de fecha 21/11/2022: se informa registro de poco personal en la obra y de avance de obra no coincidente con el Plan de Trabajo. 26/12/2022 Nota de Pedido en respuesta a Orden de Servicio N°6: notifican que las demoras se deben a la no entrega de material por parte de los proveedores debido al contexto inflacionario. Orden de servicio N° 7 de fecha 25/1/2023: se deja constancia de ausencia de personal y NO avance de obra desde 20/12/2022. Nota de pedido de fecha 31/01/2023: responde orden de servicio N°7, informando que el día 30/01/2023 se retomaron las tareas con normalidad. Con fecha 10/2/2023 la empresa solicita ampliación de plazos por 120 días, la cual se otorga mediante Decreto N°452/2023. Orden de servicio N°8 de fecha 5/5/2023: se solicita reiniciar tareas dado que desde 26/4/2023 no hay presencia de personal en obra y el avance está muy por debajo del Plan de Trabajo presentado por la empresa. Nota de pedido de fecha 8/5/2023: responde Orden de servicio N°8. Orden de servicio N°9 de fecha 29/5/23: se solicita continuar con los trabajos y se recuerda que está muy retrasada la obra. Orden de servicio N° 10 de fecha 23/06/2023: se informa ausencia de personal en obra desde 19/06/2023 y avance muy por debajo de la curva del plan de trabajo. Con fecha 26/06/2023 la empresa solicita ampliación de plazos por 120 días, la cual se otorga por Decreto N°1945/2023. Orden de servicio N°11 de fecha 14/07/2023: se notifica ausencia de personal en obra y se solicita retomar actividades. Nota de pedido de fecha 19/07/2023 en respuesta a orden de servicio N°11: informan que otorgaron licencia al personal y que están retomando las tareas de manera normal. Orden de servicio N°12 de fecha 3/8/2023: Se informa que llegó el certificado con la redeterminación de precios debiendo la empresa ajustarse al plan de trabajo y cumplir con las obligaciones, caso contrario se ejecutarán los art 5.9 y 5.10 del Pliego de condiciones Legales Generales. Orden de servicio N°13 de fecha 18/09/2023: se constata que los avances están por debajo de la línea del Plan de Trabajo solicitando incorporar más personal y los materiales correspondientes. Orden de servicio N°14 de fecha 19/10/2023: se notifica a la empresa que el día 20 de octubre de 2023 finaliza el plazo de obra y NO se otorgará nueva ampliación ni neutralización de plazo, procediendo a la rescisión contractual y sin dar cumplimiento a lo solicitado,  todo lo cual es notificado mediante CD  24632989 8 de fecha 12.12.2023.-

Que con fecha 26.12.2023 la empresa contesta CD 117556285 rechazando nuestra misiva y negando la existencia de los incumplimientos que se le imputan, solicitando una prorroga en el plazo de ciento veinte días  y la re determinación del precio conforme a la devaluación del dólar y al índice de precios de la construcción. Que a fs. 1513 se expide el Secretario de Obras Pcas. haciendo saber que mediante Orden de Servicio Nº 14 de fecha 19.10.2023 se notificó a la empresa el vencimiento del plazo de obra y la NO ampliación del mismo, reiterando los incumplimientos en la ejecución del plan de trabajos, lo que fue notificado mediante CD Nº 246329059 de fecha 08.01.2024 recepcionada el 15.01.24.-

Que de acuerdo al dictamen elaborado con fecha 12.12.2023 por la Sub Secretaria Legal y técnica, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el Expediente,  se debe proceder a  Rescindir el Contrato de Locación de obra suscripto entre las partes con fecha 18.04.2022 en el marco del EXP-MCS : 01/2022 “Construcción Centro de Desarrollo Infantil de Coronel Suárez” por culpa e incumplimiento contractual de la contratista conforme lo establecido en la causal del art. 60 inc. c de la ley 6021 y art. 5.9 y 5.10 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales, aplicándose las sanciones y multas allí establecidas.-

Por todo, el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

ART. 1°: Declarase rescindido el Contrato de locación de Obra suscripto con fecha                 - - - - 18.04.2022 en el marco del EXP-MCS : 01/2022 “Construcción Centro de Desarrollo Infantil de Coronel Suárez”, con la firma CONDISER SRL., CUIT Nº 30-71413527-5 por culpa e incumplimiento contractual de la contratista conforme lo establecido en la causal del art. 60 inc. c de la ley 6021 y art. 5.9 y 5.10 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales, aplicándose las sanciones y multas allí establecidas.-

Art. 2: Autorizase a la Secretaria de Obras Pcas. a tomar posesión de la obra con los                  - - - - efectos y a los fines previstos en la Reglamentación del art. 60 de la Ley 6021, labrándose la correspondiente Acta de Medición final, debiendo la contratista en un plazo de 72 hs de notificada hacerse presente mediante su Representante Técnico, para realizar la misma y posteriormente a  cuantificar las multas y sanciones pertinentes.-

Art.3: Oportunamente instrúyase   a la Sub Secretaria Legal y técnica conforme Ley - - - - - 6021 de Obras Publicas al inicio de la respectiva ejecución administrativa y/o judicial de las  correspondientes Pólizas  de Seguro contra Alba Compañía Argentina de Seguros S.A.-

Art. 4: Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.-

 

 

DECRETO N° 139