Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 0068/2024
Coronel Suárez, 15/01/2024
Visto
el Expediente “4028–EXP-MCS: 5/15 ”, de la Secretaria de Obras Públicas referente a la obra “Pavimento de Hormigon en Calle R. de Escalada 1º Etapa”, y –
Considerando
Que de acuerdo con el informe elaborado por el Secretario, corresponde liberar al uso público la mencionada obra, y proceder al cobro de la tasa respectiva;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido en uso de sus atribuciones –
D E C R E T A
ART. 1º: Librar al uso público la obra: “Pavimento de Hormigon en - - - - - Calle R. de Escalada 1º Etapa” en las siguientes nomenclaturas catastrales, a saber:
XV-B-Mz.131AC – Parc. 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.-
XV-B-Mz.131TT – Parc. 12, 13A, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 Y 22 VV V .-
ART. 2º: La obra pública ejecutada precedentemente y que se libera por - - - - - medio del presente, cuenta con Declaración de Utilidad Pública y Pago Obligatorio, a través de la Ordenanza nº 5.845/14 correspondiendo por lo tanto que a través de la Dirección de Recaudación Municipal, se proceda a dar el alta tributaria de la misma, y comunicación a los vecinos frentistas afectados, a fin de realizar el pago correspondiente, en las distintas modalidades fiscales vigentes.
ART. 3º: Comunicar a la Dirección de Recaudación para que se incorpore a - - - - - -los padrones pertinentes, ascendiendo el costo a cobrar por mts. de frente en la suma de $ 15.500,00 (Pesos quince mil quinientos), de acuerdo a la Ordenanza Fiscal nº 7.911, art. 172 y en la Ordenanza Impositiva nº 7.912, art.53, estableciéndose el pago en 60 cuotas, mediante el sistema francés.-
ART. 4º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-
DECRETO Nº 68
ART. 1º: Librar al uso público la obra: “Pavimento de Hormigon en - - - - - Calle R. de Escalada 1º Etapa” en las siguientes nomenclaturas catastrales, a saber:
XV-B-Mz.131AC – Parc. 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.-
XV-B-Mz.131TT – Parc. 12, 13A, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 Y 22 VV V .-
ART. 2º: La obra pública ejecutada precedentemente y que se libera por - - - - - medio del presente, cuenta con Declaración de Utilidad Pública y Pago Obligatorio, a través de la Ordenanza nº 5.845/14 correspondiendo por lo tanto que a través de la Dirección de Recaudación Municipal, se proceda a dar el alta tributaria de la misma, y comunicación a los vecinos frentistas afectados, a fin de realizar el pago correspondiente, en las distintas modalidades fiscales vigentes.
ART. 3º: Comunicar a la Dirección de Recaudación para que se incorpore a - - - - - -los padrones pertinentes, ascendiendo el costo a cobrar por mts. de frente en la suma de $ 15.500,00 (Pesos quince mil quinientos), de acuerdo a la Ordenanza Fiscal nº 7.911, art. 172 y en la Ordenanza Impositiva nº 7.912, art.53, estableciéndose el pago en 60 cuotas, mediante el sistema francés.-
ART. 4º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-
DECRETO Nº 68