Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº0028/2024

Decreto Nº 0028/2024

Coronel Suárez, 08/01/2024

Visto

el Expediente de referencia, y

Considerando

Que a fs. 1 el Secretario de Produccion del Municipio Ing. Osvaldo Fuentes Lema, da cuenta del inconveniente sucedido con fecha 08.01.2023 en el equipo de frío de una de las cámaras existentes en el Frigorífico Municipal de Huanguelén.-

                                                 Que la falta de frio provoco la pérdida de 69 medias reses de cerdo, las cuales se transformaron en no aptas para el consumo humano, lo que fue certificado por el Médico Veterinario (Acta Nº 24.12-A1190).-

                                                 Que a fs. 03 la Subsecretaria Legal y Técnica entiende necesario iniciar acciones sumariales para determinar las circunstancias que dieron origen a los hechos y deslindar eventuales responsabilidades de los empleados a cargo del área.- (Decreto 356 de fecha 30.01.2023).-

Que con fecha 03.07.2023 la Dra. Carolina A Kehler en su calidad de Instructora Sumariante, resuelve que no se encontraron trabajadores responsables de las faltas que dieran como resultado la perdida traída a estudio.-

                                                 Que a fs. 18 el gerente de la firma LODESEBA SRL, Santiago Bonaterre, solicita el reconocimiento de las pérdidas económicas acaecidas como consecuencia de la putrefacción de 35 capones  equivalentes a 3.319,50 kg de carne, que la firma había enviado para realizar el servicio de faena, valorizados a fs. 31 y 37 en  $ 1.626.555.- (un millón seiscientos veintiséis mil quinientos cincuenta y cinco).-

                                                  Que  a fs. 34 la Jefa de Recaudación del Municipio  Eliana Walter adjunta detalle de la deuda en concepto de la Tasa de Uso y servicio de Faena en Matadero Municipal de Huanguelén que mantiene la firma LODESEBA SRL con el Municipio, la cual asciende al 14.12.2023 a la suma de $ 3.117.611,08, haciendo mención a que al momento de sufrir la perdida de reses porcinas, la empresa dejo de pagar la tasa a fin de que dichos valores sean oportunamente compensados, estableciendo que el capital adeudado sin intereses de actualización es de                 $ 2.079.108.00, restando abonar a la empresa un saldo de $ 452.553,00.-

                                            Que a fs. 38 el Director del Frigorífico de Huanguelén Fabio Dumrauf avala y acredita que conforme información recabada en la Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación a fs. 39, 40, 41 y 42 que la cotización por kilo vivo de capón tipicado sea de                  $ 490.-

                                             Que a fs. 43 el Director de Recaudación  Cr. Claudio Otero informa que en relación a la cuenta 25/01  perteneciente a la firma LODESEBA SRL se adeuda los servicios de faena realizados desde el 2 de enero de 2023 hasta el 28 de febrero y que se identifican en la cuenta corriente como cuotas 01/2023-1;  01/2023-2; 01/2023-3; 01/2023-4; 01/2023-5; 02/2023-0; 02/2023-1; 02/2023-3 y 02/2023-4.-

                                              Que a fs. 45/46 se expide la Asesoria Letrada del Municipio, entendiendo que por cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia, corresponde hacer lugar a favor de la firma LODESEBA SRL   de la compensación habida entre los daños sufridos por la pérdida de 3.319,50 kg. de carne porcina equivalentes a $1.626.555,00 con la tasa por Servicios de Faena Impagas a valores originales  por los periodos que se identifican en la cuenta corriente de la firma;

Por todo ello, el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

 

                                                D E C R E T A

 

ART.1º: Compensase a favor de la firma LODESEBA SRL                                 - - - - - (Cuit Nº 30-71191315-3), en relación a la cuenta 25/01 por el periodo comprendido desde el 2 de enero de 2023 hasta el 28 de febrero de 2023,  la suma de $1.626.555,00  (Pesos un millón seiscientos veintiséis mil quinientos cincuenta y cinco) por la tasa por Uso y Servicios de Faena, impagas a valores originales  por los periodos que se identifican como cuotas 01/2023-1;  01/2023-2; 01/2023-3; 01/2023-4; 01/2023-5; 02/2023-0; 02/2023-1; 02/2023-3 y 02/2023-4 con la suma adeudada de                                  $ 2.079.108,00.- (Pesos dos millones setenta y nueve mil ciento ocho).-

ART.2º: Hágase saber a la mencionada firma que deberá abonar al                                       - - - - Municipio, la diferencia de $ 452.553,00.- (Pesos Cuatrocientos cincuenta y dos mil quinientos cincuenta y tres), resultante de la diferencia habida entre los montos adeudados y compensados.-

ART.3º: Dejase especialmente establecido que el mencionado Contribuyente  - - - - - no tendrá más nada que reclamar por ningún concepto judicial ni extrajudicial en relación a la compensación efectuada por la Comuna, la cual es aceptada de conformidad como pago único, total y definitivo de la indemnización por las pérdidas sufridas.-

ART.4º: NOTIFIQUESE a la Dirección de Recaudación a los fines y efectos de  - - - - - - proceder como se ha resuelto precedentemente.-

 

DECRETO Nº28