Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº0006/2023

Decreto Nº 0006/2023

Coronel Suárez, 02/01/2024

Visto

el Expediente de referencia y,

Considerando

lo manifestado por el Secretario de Obras Públicas, Ing. Mario Abelardo a fs. 916 de las presentes actuaciones, solicitando dejar sin efecto la adjudicación otorgada en el marco de la Licitación Publica  Nº 37/2023 para efectuar la obra “CONSTRUCCIÓN SUM EN BARRIO GÜEMES” mediante Decreto 3222 de fecha 13.11.23 a la firma ESTANDARES VIAL SRL atento no haber dado cumplimiento en tiempo y forma a la obligación de constituir una garantía de cumplimiento de contrato por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de su oferta total, por el termino de vigencia del contrato.-

Que, en igual sentido se expide la Cra. Pamela Sauer, en su carácter de Directora Interina de Compras, a fs. 917, quien estima que corresponde desadjudicar la obra de referencia y ejecutar la Garantía de Oferta según Art. 22 y 23 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales.-

Que de acuerdo al  dictamen de la Asesoria Letrada del Municipio, obrante a fs. 917 de autos, corresponde proceder de conformidad a lo peticionado por las áreas involucradas, debiendo dejarse sin efecto la adjudicación ordenada por Decreto N° 3222/23 y la Ordenanza 8.097/23 promulgada por Decreto 3221/23, con la correspondiente pérdida de la Garantía de mantenimiento de Oferta oportunamente constituida a favor de la Comuna y debiendo ser suspendido del registro de licitadores por el término que fija la reglamentación.-                           

Por todo, el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

ART. 1°: Procédase a desadjudicar la obra otorgada mediante Decreto 3222 de                       - - - - -fecha 13 de Noviembre de 2023 y Ordenanza 8.097/23 promulgada por Decreto 3221/23, en el marco de la Licitación Publica Nº 37/23 para efectuar la obra “CONSTRUCCIÓN SUM EN BARRIO GÜEMES” “a la firma ESTANDARES VIAL SRL (CUIT Nº 30-71546283-0), por los considerandos expuestos en el presente, con la correspondiente perdida a suscribir el contrato en cuestión y por ende a ejecutar la obra, de acuerdo a los arts. 15, 16, 17, 22 y 23 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales.-

Art. 2: Mediante la Sub Secretaria Legal y técnica procédase ejecutar la Póliza  de - - - - Seguro de Caución Mantenimiento de Oferta Nº 9/82.573 emitida por Compañía de Seguros INSUR SA CUIT 30-71034536/4 con domicilio en Córdoba 323 Piso 2º CABA (1054)  y/o Corrientes 3605  Mar del Plata, Provincia de Bs. As.-

Art. 3: Impóngase a la mencionada firma, las sanciones y multas que                             - - - - correspondan conforme Ley de Obras Pcas. 6021 art. 25 y Pliego de bases y condiciones legales generales para el caso que la Secretaria de Obras Pcas. considere que correspondan, debiendo ser suspendido del registro de licitadores por el término de 10 (diez) años.-

Art.4: Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.-

 

 

 

DECRETO Nº 6