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Decreto Nº90

Decreto Nº 90

Bragado, 17/01/2024

Visto

VISTO: La nota presentada por el Director de Relaciones Institucionales, donde solicita el reconocimiento de la Asociación civil denominada “El Picado” como Entidad de Bien Público; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, el Decreto-Ley Nº 9388 de la Provincia de Buenos Aires establece el marco normativo aplicable a las Entidades Públicas que se reconozcan dentro del ámbito provincial; Que, a los fines de poder efectivizar el cumplimiento del Decreto-Ley citado, el Municipio a través del Decreto Nº 3378/81 estableció los requisitos que deben cumplir las instituciones que requieran el reconocimiento como tales; Que, las entidades de bien público desarrollan actividades de interés social, cultural, deportivo, benéfico y en general de cooperación para el logro del bienestar de la comunidad; Que, la actual gestión de gobierno municipal busca favorecer la participación ciudadana a través de las instituciones sociales, y erigirlas como pilares fundamentales en el desarrollo social de la comunidad bragadense; Que, las autoridades de la asociación El Picado con sede social en la calle Santa María Nº 542 de la ciudad de Bragado, han dado cumplimiento con la documentación requerida por el Decreto Nº 3378/81, por lo que corresponde pronunciarse en favor de su reconocimiento como Entidad de Bien Público mediante el dictado del acto administrativo pertinente, por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA

ARTICULO 1º.-  RECONOCER a la Asociación Civil “El Picado”, como Entidad de Bien Público. ARTICULO 2º.- Los miembros de la citada Asociación quedarán sometidos a las obligaciones que prescribe el Decreto Nº 3378/81. ARTICULO 3º.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTICULO 4º.-  FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-