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Decreto Nº01

Decreto Nº 01

Bragado, 02/01/2024

Visto

VISTO: Lo normado por el Articulo Nro. 42 del Decreto 2980/00…”Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de cada año se afectarán al ejercicio siguiente, imputándolos a los créditos pertinentes disponibles para ese ejercicio, para lo que deberá mediar decreto del Intendente, y,

Considerando

CONSIDERANDO: Los Criterios Prácticos de Aplicación al RAFAM, que establecen: …”Nunca se deben anular los registros de compromiso que no se encuentren devengados al cierre del ejercicio, en virtud de que constituyen un compromiso asumido con terceros, y que se encuentra pendiente el cumplimiento de parte de estos últimos, de su obligación contractual”... Que los compromisos se continuarán en la gestión del gasto normalmente, siendo que por el criterio de apropiación de gastos al ejercicio, no serán considerados gastos del ejercicio cerrado, a pesar de que su existencia persiste en el tiempo, y se encuentren plenamente vigentes. La necesidad de establecer aquellos compromisos presupuestarios correspondientes al Ejercicio 2023, cuyos créditos presupuestarios deben ser reapropiados en el Presupuesto Municipal 2024; por ello: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA

ARTICULO 1º.- AFECTAR al Presupuesto 2024 los gastos comprometidos y no devengados correspondientes al Ejercicio 2023, según surge del Listado de Compromisos en estado Normal al 31/12/2023. ARTICULO 2°.-  Refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda. BARENGHI, SERGIO JUAN. BARENGUI JUAN MANUEL ARTICULO 3°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN   OFICIAL Y ARCHIVAR.-