Boletines/Campana
Decreto Nº 1182/23
Campana, 01/12/2023
Expediente Municipal N° 4016-6298-0-2018 Alcance 10 - Rectificatorio Nixon
Visto
El Decreto - Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, los Decretos N° 167/2019, 184/2022 (t.v.), 499/2023, 764/2023 y 1111/2023, el Expediente Municipal N° 4016-6298-0-2018 Alcance 10 Cuerpo 0; y
Considerando
Que por medio de referido expediente la Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana, propicio la Licitación Pública Nº 21/2018, adjudicada por DECTO-2019-167-E-MUNICAM-INT, a la empresa Nixon Net S.R.L., para el “Servicio Integral de Monitoreo de Seguridad en la Vía y Espacios Públicos de la Ciudad de Campana”.
Que obra copia del Contrato de Locación de Servicios entre la Municipalidad de Campana y la empresa NIXON S.R.L., suscripto a los 22 días del mes de marzo de 2019.
Que mediante DECTO-2023-1111-E-MUNICAM-INT, de fecha 17 de noviembre de 2023, se procedió a la readecuación por las 4 cuotas restantes del servicio integral de monitoreo de seguridad en la vía y espacios públicos de la ciudad de Campana; asimismo se reconoció el pago por la suma de Pesos Dos Millones Novecientos Quince Mil Noventa y Cinco con 85/100 ($2.915.095,85); “en concepto de diferencias por reajuste correspondiente a los meses de julio, agosto y septiembre del año 2023, dadas las distintas variaciones económicas y ponderando el equilibrio de las prestaciones.
Que obra nota de la citada Empresa mediante la cual solicita el abono de la suma de Pesos Diecisiete Millones Doscientos Tres Mil Setecientos Quince con 00/100 ($ 17.203.715,00) como resultado del ajuste pendiente de pago por el periodo de abril a septiembre del año 2023, conforme las variaciones y los reconocimientos derivados de los Decretos N° 499/2023 y N° 764/2023.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento de la nota la Empresa NIXON S.R.L al respecto.
Que la Dirección de Compras informa que visto lo manifestado por la Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana y dada las diferentes variaciones económicas y ponderando el equilibrio de las prestaciones resulta viable lo solicitado.
Que lucen Solicitud de Pedido N° 5740 y Solicitud de Gastos N°1-5790, ambas emitidas por la suma total de Pesos Diecisiete Millones “Doscientos Tres Mil Setecientos Quince con 00/100 ($ 17.203.715,00).
Que la Contaduría Municipal informa que no posee objeciones de carácter contable que formular.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda informa que no posee objeciones económicas ni financieras al respecto
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Organica de las Municipalidades) (t.v), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud del Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Rectifícase el artículo 2º del Decreto DECTO-2023-1111-E- MUNICAM-INT, de fecha 17 de noviembre de 2023, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2.- Reconócese el pago a la Empresa Nixon Net S.R.L de la suma total de “Pesos Dos Millones Novecientos Quince Mil Noventa y Cinco con 85/100 ($2.915.095,85); “en concepto de diferencias por reajuste correspondiente a los meses de julio, agosto y “septiembre de 2023. Asimismo, abónese la suma total de Pesos Diecisiete Millones “Doscientos Tres Mil Setecientos Quince con 00/100 ($ 17.203.715,00); en concepto de “diferencias por la prestación del “Servicio Integral de Monitoreo de Seguridad en la Vía y “Espacios Públicos de la Ciudad de Campana”, como ajuste pendiente de pago por el periodo “de abril a septiembre del año 2023, conforme lo expuesto en el Considerando del presente “Decreto.-
ARTÍCULO 2.- Autorízase a pagar a la empresa NIXON NET S.R.L., CUIT Nº 30-66987684-6, los importes mencionados en el artículo precedente, debiendo emitirse por Secretaría de Economía y Hacienda, y por intermedio de las dependencias que correspondan, las solicitudes y órdenes para su efectivización. Asimismo, líbrense los pagos que correspondan por intermedio de la Contaduría Municipal, en cumplimiento de las obligaciones emergentes en el presente Decreto y por los montos allí indicados.-
ARTÍCULO 3.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Seguridad y Prevención Ciudadana, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4.- Regístrese; comuníquese; notifíquese y archívese.-