Boletines/Exaltación de la Cruz

Decreto Nº984

Decreto Nº 984

Exaltación de la Cruz, 29/12/2023

Visto

                  La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias y el Expediente Administrativo N° 4036-29146/13, y;

 

 

Considerando

Que por el expediente administrativo de referencia V.A.S.A. (VIDRIERIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA) CUIT N° 30-50083408-7 tramita la Habilitación Municipal para una INDUSTRIA DE TERCERA CATEGORIA a radicar en la localidad LOS CARDALES, Partido de Exaltación de la Cruz.-

Que a fs. 01 se adjunta el correspondiente Certificado de Zonificación expedido por la oficina de Obras y Serv. Públicos del cual surge que la zona es APTA para la instalación del comercio sujeto de la solicitud del expediente administrativo ut-supra mencionado en el visto;

Que ante el cumplimiento de todos los requisitos para el otorgamiento de habilitación comercial a fs. 99 se extiende Certificado de Habilitación Municipal Provisoria con vencimiento en el rubro; INDUSTRIA TERCERA CATEGORIA: “FABRICACION Y ELABORACION DE VIDRIO PLANO”, para el comercio ubicado en la localidad de LOS CARDALES en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección R, Parcelas 271N; 271R; 271S; 271P y 273A;

Que, habiendo cumplimentado con todo lo solicitado por la DIRECCIÓN DE HABILITACIONES, ante el pedido de renovación formulado por el solicitante corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el término de SESENTA (60) MESES, en el rubro referenciado en el considerando anterior del presente Decreto;

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo;

POR ELLO:

En uso de las atribuciones que son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

EXALTACIÓN DE LA CRUZ

DECRETA

 

Artículo 1°                 CONCÉDASE Habilitación Municipal por el término de SESENTA (60) MESES, a favor de V. A. S. A., – CUIT N° 30-50083408-7 en el Rubro: “INDUSTRIA TERCERA CATEGORIA”; “FABRICACION Y ELABORACION DE VIDRIOS PLANO.”; a partir del día 01 DE DICIEMBRE DE 2023, en la localidad de LOS CARDALES, según Expediente Administrativo N° 4036-29146/13 venciendo la misma el día 30 DE NOVIEMBRE DE 2028.-

 

 

Artículo 2°                 La presente Habilitación Municipal se otorga sujeta a lo establecido por las disposiciones vigentes, la cual no podrá ser transferida, cedida y/o alterada respecto al rubro. -

 

Artículo 3°                 Autorizase al Señor DIRECTOR DE HABILITACIONES COMERCIALES a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual deberá registrarse con asignación de número y leyenda “CERTIFICADO DE HABILITACIÓN”. -

 

Artículo 4°                 El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno. -

 

Artículo 5°                 Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. -

 

 

DECRETO  N°         984.-