Boletines/Exaltación de la Cruz
Decreto Nº 980
Exaltación de la Cruz, 29/12/2023
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias y El Expediente Administrativo N° 4036-53949/22, y;
Considerando
Que por el expediente administrativo de referencia la Sra. DANIELA BEATRIZ CHOQUE PORCO CUIT N° 27-4239102-4 obra a fs. 1 solicita Habilitación Municipal, para un comercio de VENTA DE PRENDAS Y ACCESORIOS DE VESTIR a radicar en la localidad LOS CARDALES, Partido de Exaltación de la Cruz,
Que a fs. 02/03 se adjunta el correspondiente Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Planificación del cual surge que la zona es APTA para la instalación del comercio sujeto de la solicitud de fs. 1 del expediente administrativo ut-supra mencionado en el visto;
Que la solicitante mediante expediente administrativo ha cumplimentado con todos los requisitos para el otorgamiento de habilitación comercial en el rubro; COMERCIO MINORISTA TIPO II: “VENTA AL POR MENOR DE PRENDAS DE VESTIR Y ACCESORIOS DE VESTIR N.C.P.”, para el comercio ubicado en la localidad de LOS CARDALES, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección M -, Manzana 12 -, Parcela 2 C;
Que, de acuerdo a lo informado por la DIRECCIÓN DE HABILITACIONES, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el término de VEINTIUN (21) MESES, en el rubro referenciado en el considerando anterior del presente Decreto;
Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo;
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
EXALTACIÓN DE LA CRUZ
DECRETA
Artículo 1° Concédase Habilitación Municipal por el término de VEINTIUN (21) MESES, a favor de CHOQUE PORCO DANIELA BEATRIZ – CUIT N° 27-42391042-4 en el Rubro: “COMERCIO MINORISTA TIPO II”: “VENTA AL POR MENOR DE PRENDAS DE VESTIR Y ACCESORIOS N.C.P.”; a partir del día 01 DE DICIEMBRE DE 2023, en la localidad de LOS CARDALES, según Expediente Administrativo N° 4036-53949/22 venciendo la misma el día 31 DE AGOSTO DE 2025.-
Artículo 2° La presente Habilitación Municipal se otorga sujeta a lo establecido por las disposiciones vigentes, la cual no podrá ser transferida, cedida y/o alterada respecto al rubro. -
Artículo 3° Autorizase al Señor DIRECTOR DE HABILITACIONES a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual deberá registrarse con asignación de número y leyenda “CERTIFICADO DE HABILITACIÓN”. -
Artículo 4° El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno. -
Artículo 5° Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. -
DECRETO N° 980.-