Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº92/2024

Decreto Nº 92/2024

Benito Juarez, 15/01/2024

Visto

que el Municipio de Benito Juárez, tiene como objetivo prioritario el bienestar de sus trabajadores y trabajadoras, así como la promoción de condiciones laborales justas y equitativas;

Considerando

los desafíos económicos que enfrentamos por la creciente inflación. Y la aceptación y el acompañamiento unánime de todos los sindicatos representantes de los/as trabajadores municipales

QUE resulta necesario reconocer y valorar el esfuerzo y la dedicación de los trabajadores y las trabajadoras municipales que desempeñan sus funciones en todas las categorías, con excepción del Intendente Municipal y los Sres. Concejales del H.C.D.;

QUE la presente medida tiene por finalidad otorgar un Bono no remunerativo a dichos trabajadores/as, como una forma de compensar su trabajo y contribuir a su bienestar económico;

QUE es función del Municipio de Benito Juárez establecer políticas que fomenten la calidad de vida de su personal y fortalezcan el sentido de pertenencia y compromiso con la institución;

QUE en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el presente Decreto que establece los términos y condiciones del Bono no remunerativo que será otorgado a los trabajadores y trabajadoras municipales;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo,

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.- Establécese un Bono no remunerativo para los trabajadores y las trabajadoras del Municipio de Benito Juárez, el cuál ascenderá a la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000), y será abonado por única vez el día 16 de Enero del corriente año.

Artículo 2°.- Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores y las trabajadoras percibirán el bono no remunerativo en Forma Total de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º, conforme a los mecanismos de liquidación previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo.

Articulo 3°.- El monto total del Bono no remunerativo dispuesta en el artículo 1º del presente será equivalente a: PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) para TODOS los trabajadores y las trabajadoras municipales, exceptuando al Intendente Municipal y a los Sres. Concejales del H.C.D. 

Artículo 4°.- El Bono no remunerativo previsto en el artículo 1° del presente decreto NO será absorbido en concepto de aumentos salariales establecidos, ni en los futuros, ni en los respectivos acuerdos realizados con los sindicatos representantes, en el marco dispuesto por el Consejo de empleo del Convenio Colectivo de Trabajo vigente.

Artículo 5º.- Establézcase que el Bono, no remunerativo al que refiere el artículo 1° del presente será, también,  de aplicación para la Planta Política de la Administración Central, como así también la del Hospital Municipal “Eva Perón” Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout”.

Artículo 6º.- El pago del Bono no remunerativo correspondiente al salario devengado del mes de Enero 2024, establecida en el artículo 1º del presente decreto, se efectuará el 16 de Enero de 2024, por única vez, en los términos de lo acordado con los respectivos Sindicatos.

Artículo 7º.- Instrúyase a la Secretaría de Hacienda a adoptar las medidas presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos de la presente medida.

Artículo 8º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Hacienda Interino.

Artículo 9º.- Comuníquese, dése al R. O. De Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Ente Descentralizado, Contaduría, Jefatura de Gabinete, Secretarías de Gobierno, de Salud, de Hacienda, de Desarrollo Social, de Seguridad, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y Auditoría,  cumplido, archívese.

SECRETARIO DE HACIENDA INTERINO

CR. EMILIANO ACOSTA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 92.-