Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº65/2024

Decreto Nº 65/2024

Benito Juarez, 11/01/2024

Visto

lo actuado en el Expte. Letra “O” Nº 23/23, donde la empresa “Clinker Colon S.A.S.”, manifiesta mediante correo electrónico la dificultad de cumplimiento de la obra de la cual resulta ser contratista;

Considerando

que mediante Decreto Municipal Nº 710/2023, se llamó a Licitación Pública Nº 6/2023 para la realización de las obras de ampliación de aulas y S.U.M. de la Escuela de Educación Técnica Nº 1, del Partido de Benito Juárez;

QUE a fs. 473 obra Decreto Municipal Nº 912/2023, se adjudica a la firma “Clinker Colon S.A.S.”, la realización de las obras de ampliación de aulas y S.U.M. de la Escuela de Educación Técnica Nº 1, por la suma de pesos cincuenta y tres millones quinientos cuarenta y nueve mil quinientos ($ 53.549.500);

QUE  de fs. 492 a 494 luce agregado contrato debidamente suscripto entre el Sr. Sergio Damián Casasanta, en su carácter de administrador de la empresa, y el Sr. Intendente Municipal, el cual ha sido debidamente registrado bajo el Nº 175/2023 del Libro de Contratos de la Secretaria de Gobierno del Municipio, en fecha 28 de Julio de 2023;

QUE a fs. 495 de las actuaciones de la referencia, obra acta de inicio de obra, debidamente suscripta por el administrador de la adjudicataria y el Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos del municipio;

QUE en fecha 25 de Julio de 2023, se le ha abonado a la adjudicataria el quince por ciento (15%) del valor total de la adjudicación, en concepto de anticipo financiero;

QUE en fecha 23 de Agosto, y conforme primer certificado de avance de obra emitido obrante a fs. 573, se le abona a la adjudicataria la suma de pesos cinco millones setecientos ochenta y ocho mil quinientos setenta y nueve con noventa centavos ($5.788.579,90), monto del cual se le ha retenido el cinco por ciento (5%) en concepto de garantía de fondo de reparo;

QUE de fs. 575 a 578 obra informe técnico debidamente suscripto, con los avances de obra realizados de manera detallada, de acuerdo al cual se abono el Certificado de avance de obra descripto en el párrafo anterior;

QUE  a fs. 592 se anexa certificado de avance de obra Nº 2, de fecha 06 de Septiembre de 2023, confeccionado en base al informe técnico obrante a fs. 594 a 597, por medio del cual se abona a la adjudicataria la suma de pesos tres millones once mil ciento cuarenta y nueve con sesenta y cinco centavos ($ 3.011.149,65), reteniendo el porcentaje de garantía de fondo de reparo;

QUE en fecha 21 de Septiembre de 2023, y conforme certificado de avance de Obra Nº 3 obrante a fs. 607, se le abona a la adjudicataria la suma de pesos cuatro millones quinientos sesenta y ocho mil doscientos noventa y uno ($ 4.568.291), de acuerdo a los avances que surgen del informe técnico de fs. 609 a 612, reteniendo del mismo el porcentaje correspondiente al fondo de garantía de reparo;

QUE en fecha 06 de Octubre del año 2023, se confecciona Certificado de avance de Obra Nº 4, de acuerdo al informe técnico obrante de fs. 624 a 627, donde se solicita se abone a la adjudicataria la suma de pesos cuatro millones ciento cincuenta y tres mil doscientos setenta ($ 4.153.270), con la debida retención correspondiente a la garantía de fondo de reparo;

QUE a fs. 641 obra Certificado de avance de Obra Nº 5, de acuerdo al informe técnico obrante de fs. 643 a 646, donde se solicita se abone a la adjudicataria la suma de pesos dos millones novecientos ochenta y tres mil doscientos cuarenta y cinco ($2.983.245), con la debida retención correspondiente a la garantía de fondo de reparo;

QUE en fecha Noviembre de 2023, el Secretario de Infraestructura Vivienda y Servicios Públicos Interino, informa que desde principios del mes de Noviembre no se ven avances en la obra, como así tampoco personal en la obra;

QUE informa que de acuerdo a la última certificación de avance de obra realizada, se corresponde con un 45% de avance de obra, pero que la empresa adjudicataria ha percibido un mayor monto de dinero a lo realmente construido puesto que percibieron un quince por ciento (15%) en concepto de anticipo financiero;

QUE a fs. 678, se acompaña un correo electrónico, enviado por la empresa adjudicataria, donde solicitan la adecuación o actualización de los valores de obra, o bien la redefinición de la ejecución de la misma;

QUE atento a que la readecuación de valores de obra no se encuentra prevista en el contrato oportunamente suscripto, se intima mediante carta documento Oca CCK0037929 (2), a que en un plazo de 48 hs de recepcionada la misma, retome el plan de trabajo y de cumplimiento a lo establecido en el Contrato suscripto;

QUE habiendo sido recepcionada la misma en fecha 26 de Diciembre próximo pasado, según acuse de recibo obrante a fs. 681, no se ha recibido nuevo plan de trabajo ni se han retomado las obras en ejecución.

QUE de fs. 682 a 684 obra dictamen de Asesoría Legal de la Comuna sugiriendo, por las razones expuestas, proceder a la rescisión de los contratos ut supra identificados y se aplique las penalidades correspondientes;

QUE el Sr. Secretario de Gobierno, dispone el dictado del presente Acto Administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.- Rescíndase el Contrato Registrado bajo el Nº 175/2023 del Registro Municipal de Contratos, referente a la realización de las obras de ampliación de aulas y S.U.M. de la Escuela de Educación Técnica Nº 1, del Partido de Benito Juárez, suscripto con la firma “Clinker Colon S.A.S.”de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “O” Nº 23/23.

Artículo 2º.- Aplíquense las penalidades establecidas en los contratos mencionados en el artículo precedente, respecto de la pérdida total de la garantía prestada, ante el incumplimiento del compromiso dentro de los términos y condiciones, de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “O” Nº 23/23.

Artículo 3º.-Notifíquese.

Artículo 4º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.

Artículo 5º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Jefatura de Gabinete, Secretarías de Gobierno, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Asesoría Legal y Auditoria, cumplido, archívese.

SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA,

VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS

ARQ. DIEGO ROSSETTI

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 65.-