Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 07/24
Balcarce, 15/02/2024
VISTO:
El Decreto Nº 3877/23, y
CONSIDERANDO:
Que según lo expresa el Artículo 3 del mencionado Decreto, el mismo rige y produce efectos, “ad referéndum” de su convalidación deliberativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1.- Convalídese lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto Nº 3877 de fecha 19 de diciembre de 2023.-
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.
FIRMADO: Agustín Cassini - PRESIDENTE – Mercedes Palmades – SECRETARIA