Boletines/Chascomús
Decreto Nº 1232/23
Chascomús, 29/12/2023
APOYO ECONÓMICO FESTIVALES ARGENTINOS
Visto
Las mayores participaciones de transferencias de organismos provinciales, percibidas y no consideradas en el Cálculo de Recursos Vigente; y
Considerando
Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2023, incorporando los recursos con afectación específica comunicados y no considerados en el cálculo de recursos vigente.
Que mediante el Expediente Administrativo Nº 4030-162753/M se tramita el apoyo económico ante el Ministerio de Cultura de la Nación en el marco del programa Festivales Argentinos “Proyecto Festival de Cine Chascomús Octava Edición”.
Que el Municipio de Chascomús se postuló para la cuarta convocatoria del programa “Festivales Argentinos” presentando en el certamen al “Festival de Cine Chascomús Octava Edición”.
Que mediante la Resolución N° RESOL-2023-91362997-APN-SGC#MC la Secretaría de Gestión Cultural determina el pago de los aportes económicos del certamen en cuestión resultando el Municipio de Chascomús beneficiario por un importe de Pesos Novecientos Noventa y Nueve Mil Ochocientos Sesenta y Seis ($999.866), según lo detalla el informe IF-2023-01011007484-APN-DAF#MC correspondiente al Anexo I del expediente EX-2023-91362997-APN-DGD#MC.
Que dicha suma fue percibida en su totalidad el día 30 de octubre del corriente.
Por ello el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de las atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Amplíese el crédito de las partidas parciales que se indican a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:
Estructura Programática |
Fuente de Financiamiento |
Imputación |
Importe |
1110113000 - 33.01.00 - Actividad Central Prom Cultural |
133 - De origen nacional |
3.4.9.0 - Otros |
999.866,00 |
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Total Gastos: |
999.866,00 |
ARTICULO 2°.- Amplíese el Cálculo de Recursos de acuerdo al siguiente detalle:
JURISDICCIÓN |
RUBRO |
IMPORTE |
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1110111000 |
17.2.01.27 - Apoyo Económico Festivales Argentinos 2023 - Festival de Cine Chascomús 2023 |
999.866,00 |
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Total |
999.866,00 |
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Secretaría de Hacienda, Contaduría y Dirección de Presupuesto.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-