Boletines/Chascomús
Decreto Nº 1230/23
Chascomús, 29/12/2023
CONV. PROGRAMA COMUNIDADES SIN VIOLENCIA
Visto
Las mayores participaciones de transferencias de organismos provinciales, percibidas y no consideradas en el Cálculo de Recursos Vigente; y
Considerando
Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2023, incorporando los recursos percibidos con afectación específica y no considerados en el cálculo de recursos vigente.
Que mediante Expediente Administrativo N° 4030-156804/M se tramitan las actuaciones relacionadas al “Convenio Programa Comunidades sin violencia”.
Que mediante la resolución RESO-2021-595-GDEBA-MMPGYDSGP se aprueba el Convenio celebrado entre el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Chascomús con el objeto de otorgar un apoyo económico de Pesos Dos Millones Ochocientos Cuarenta y Seis Mil Ochocientos Setenta y Cinco ($2.846.875), con rendición de cuentas de la correcta inversión de los fondos acordados, percibidos durante el ejercicio 2022.
Que dando cumplimiento a la Cláusula Tercera de dicho convenio, se firma un Acta de Adhesión para un nuevo desembolso por la suma de Pesos Diez Millones Cien Mil Quinientos Dieciocho ($10.100.518) para dar continuidad al programa durante el ejercicio 2023, según informe IF-2023-30268190-GDEBA-DSTAMMPGYDSGP.
Por ello el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de las atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Amplíese el crédito de las partidas parciales que se enumeran a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:
Estructura Programática |
Fuente de Financiamiento |
Imputación |
Importe |
1110113000 - 38.01.00 - Promoción de Políticas de Género |
132 - De origen provincial |
3.4.2.0 - Médicos y sanitarios |
10.100.518,00 |
|
|
Total Gastos: |
10.100.518,00 |
ARTICULO 2°.- Créese y amplíese el Cálculo de Recursos en el rubro que se enumera a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:
JURISDICCIÓN |
RUBRO |
IMPORTE |
||
1110111000 |
17.5.01.52 - Convenio MMPGYDSPBA - Comunidades sin Violencia |
10.100.518,00 |
||
|
|
|
Total |
10.100.518,00 |
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Secretaría de Hacienda, Contaduría y Dirección de Presupuesto.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-