Boletines/Chascomús
Resolución Nº 13/24
Chascomús, 16/01/2024
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2023-00050816-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado: “PRESCRIPCION Y CAMBIO DE CONTRIBUYENTE MORALES ROSANA ELIZABETH”; y
Considerando
Que se presenta la Sra. MORALES Rosana Elizabeth, DNI 20.366.934, con domicilio en la calle Santa Fe N° 264 de la ciudad de Chascomús, constituyendo electrónico en Rosana_morales1@hotmail.com solicitando la prescripción de deuda por Tasas Municipales que posee la Partida Inmobiliaria Nº 13.191, correspondiente al inmueble denominado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 49, Manzana 49, Parcela 13.
Que en el orden 5 se adjunta Copia de la Escritura N° 58 de Cesión de Acciones y Derechos Hereditarios y Gananciales.
Que de los registros municipales surge consignado como contribuyente el Sr. Carlos MORALES.
Que el Art. 65 de la Ordenanza Fiscal vigente establece que “La prescripción de las facultades y poderes de la Municipalidad para determinar las obligaciones fiscales y exigir el pago de las mismas, se interrumpe: a) Por el reconocimiento por parte del contribuyente o responsable de su obligación. b) Por cualquier acto administrativo o judicial tendiente a obtener el pago”.
Que se ha verificado que la Partida Nº 13.191 registra deuda de periodos que, de acuerdo a la normativa vigente, debería reconocerse la prescripción, no habiéndose constatado interrupción de dicho plazo (conf. Artículo 278 LOM) por lo que en virtud de lo establecido en el artículo antes citado y el Artículo 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación, deberá reconocerse la prescripción de las deudas relacionadas a la Partida mencionada de Servicios Generales desde la cuota 4/2006 hasta la cuota 01/2017, inclusive y de Servicios Sanitarios desde la cuota 4/2006 a 4/2017, inclusive.
Asimismo, conforme a lo peticionado y la documentación acompañada, deberá procederse a autorizar el cambio de contribuyente, pues conforme la Ordenanza Fiscal, resulta contribuyente de las Tasas de Servicios Generales y Servicios Sanitarios el poseedor a título de dueño (conf. Art. 110 y 120).
En consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que teniendo en consideración la documentación presentada por la peticionante, deberá hacerse lugar a la prescripción de deuda por las tasas de la Partida Inmobiliaria N° 13.191 por los períodos referidos precedentemente, y autorizar el cambio de contribuyente solicitado.
Por ello, el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsin), en forma conjunta, en uso de sus atribuciones
RESUELVEN
ARTICULO 1°.- Reconocer la prescripción de la deuda que mantiene la Partida 13.191 por las Tasas de Servicios Generales desde la cuota 4/2006 a 1/2017 y Servicios Sanitarios desde la cuota 4/2006 a 4/2017, inclusive.-
ARTICULO 2°.- Modifíquese la deuda registrada en la cuenta corriente de la partida referida en el artículo anterior.-
ARTICULO 3°.- Hacer lugar al cambio de contribuyente que gravan al inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria N°13.191 a favor de Rosana Elizabeth MORALES, DNI 20.366.934 con domicilio en calle Santa Fe N° 264 de Chascomús (conf. Art. 110 y 120 de la Ordenanza Fiscal) y domicilio fiscal electrónico constituido en rosana_morales1@gmail.com.-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Dirección de Asuntos Legales y al peticionante, en el domicilio electrónico rosana_morales1@gmail.com.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-