Boletines/Chascomús
Resolución Nº 09/24
Chascomús, 10/01/2024
Visto
El dictado de la Resolución N° 06/2024; y
Considerando
Que a través de las presentes actuaciones administrativas se ha efectuado el trámite correspondiente a los fines de proceder al cambio de contribuyente de los inmuebles designado catastralmente como: CIRC. V, SECC. B, MZ. 57, PCS. 19 Y 20, PDAS. 23917 Y 23918, a favor del Sr. Fernando Andrés LIZUAIN.
Que en la citada Resolución N° 06/2024 se ha cometido un error involuntario de tipeo al consignar en la parte del VISTO como número de Expediente Administrativo GDE EX-2024-00000234-CHASCOMUS-SSTV#SG, cuando en rigor de verdad el correcto es el número EX-2024-00000238-CHASCOMUS-SSTV#SG.
Que es una potestad de la Administración rectificar los errores materiales de hecho y los aritméticos en los que incurra conforme dispone el art. 115 de la Ordenanza General 267/80, pero también resulta ser una obligación.
Que, en consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó subsanar el error involuntario de tipeo que contiene la Resolución N° 06/2024, mediante el dictado de un nuevo acto administrativo, en que se consigne correctamente el número de Expediente Administrativo.
Por ello, el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) que suscribe, en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Rectifíquese la Resolución N° 06/2024, en la parte del “VISTO” en el que quedara redactado de la siguiente manera: “VISTO: El Expediente Administrativo GDE N° EX-2024-00000238-CHASCOMUS-SSTV#SG, caratulado: “SOLICITUD CAMBIO CONTRIBUYENTE A NOMBRE DE LIZUAIN FERNANDO ANDRES DE LOS BIENES INMUEBLES DENOMINADOS CIRC. V, SECC. B, MZ. 57, PCS. 19 y 20, PDAS. 23917 Y 23918”.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Subsecretaria de Tierras y Urbanismo, Dirección de Asuntos Legales, y al Sr. Fernando Andrés Lizuain, en el domicilio electrónico constituido en estudiojuridicootp@hotmail.com..-
ARTICULO 8º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-