Boletines/Chascomús
Resolución Nº 03/24
Chascomús, 02/01/2024
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2023-00054463- -CHASCOMUS-DCEM#SSPU, caratulado “TORRES RAQUEL NOEMI S/ SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA CREMACION Y RETIRO DE CENIZAS”; y
Considerando
Que mediante nota la Sra. TORRES Raquel Noemí DNI Nº 5.096.881 solicita autorización para retirar los restos de quien en vida fueran sus padres: TORRES Ángel (fallecido el 22-09-1979), inhumado en el espacio identificado como A-M-3-761-2367 y FREDES Deami Violeta (fallecido el 3-12-1975) inhumado en el Nicho A-N-2-756-2362, para proceder a su cremación.
Que mediante nota la Sra. Torres Graciela Victoria, DNI 5.704.225 en carácter de hija autoriza lo peticionado.
Que, se ha constatado en los registros municipales que ambos espacios mencionados no poseen deuda en concepto de tasas municipales asociadas, encontrándose como contribuyente la peticionante en relación al espacio identificado como A-M-3-761-2367 y la Sra. Lacoumette Raquel en cuanto al espacio identificado como Nicho A-N-2-756-2362.
Que manifiesta la peticionante que el espacio del cual resulta contribuyente quede a disposición de la Municipalidad.
Que habiéndose presentado la documentación requerida por la Ordenanza 1161 y modificatorias, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que podrá autorizarse la solicitud efectuada.
Por ello, el Señor Secretario Obras, Servicios Públicos y Ambiente (Jorge Marino) que suscribe, en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Autorícese el retiro de los restos de quienes en vida fueran: TORRES Ángel (fallecido el 22-09- 1979 ), inhumado en el espacio identificado como A-M-3-761-2367 y FREDES Deami Violeta (fallecido el 3- 12-1975 ) inhumado en el Nicho A-N-2-756-2362 para proceder a su cremación, debiendo cumplimentarse con el procedimiento correspondiente que será indicado por la Dirección del Cementerio.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Cementerio y peticionante, con domicilio en calle Las Acacias N° 256 (sin domicilio electrónico constituido).-
ARTICULO 3º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-