Boletines/Chascomús
Decreto Nº 87/24
Chascomús, 24/01/2024
LIBERAR TASAS MUNICIPALES
Visto
El Oficio Ley 22.172 ingresado en Expte. Administrativo GDE Número EX2023-00051626—CHASCOMUSMESA#SG ordenado en los autos caratulados "LOPEZ CODESAL, Federico Juan s/ Quiebra s/ Incidente de venta de inmueble” Expte. N° COM 067302/2006/1 de trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 9, a cargo de la Dra. Paula María Hualde, Secretaría Única a cargo del Dr. Claudio Marjanovic Telebak, sito en calle Torcuato de Alvear N° 1840 Piso 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Departamento Judicial de Dolores; y
Considerando
Que en los mencionados autos se hubo ordenado hacer saber a la Municipalidad de Chascomús que el comprador en subasta no es responsable por las deudas devengadas antes de la toma de posesión, debiendo sólo responder por las devengadas con posterioridad a dicha toma de posesión, que conforme surge de las constancias de autos tuvo lugar en fecha 18 de diciembre de 2017.
Por lo expuesto se hace saber que las deudas que correspondan al período anterior al decreto falencial deberán ser objeto de petición verificatoria, en tanto que los impuestos inherentes al período comprendido entre la declaración de quiebra y la fecha de entrega de posesión (18/12/2017), serán reconocidos como acreencias del concurso y solventadas con la preferencia que corresponda, mientras que las devengadas con posterioridad a la toma de posesión, estarán a cargo del adquirente, tal lo dispuesto oportunamente en el decreto de venta.
Que los datos del inmueble subastado es el siguiente: inmueble sito en calle Dorrego N° 335 entre las de Mazzini y Chacabuco de Chascomús, Provincia de Buenos Aires, Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección A, Chacra 9, Manzana 9K, Parcela 11, Partida 027-12743.
Que el inmueble ha sido adquirido por el Sr. Algieri, Adrián Marcelo DNI 22.983.486, CUIL/T 20-22983486-0, con domicilio en Echeandia N° 3040 de CABA, e-mail: nachochienta-77@hotmail.com.
Que conforme surge del Informe de Deuda de la Partida objeto del presente, desde la cuota 2/2006 a 6/2017 Servicios Generales y 2/2006 a 6/2017 de Sanitario atento a la fecha denunciada como de toma de posesión (18/12/2017), la deuda asciende a la suma de $37.531,21, correspondiendo reclamarla mediante procedimiento concursal, no obstante su reclamo resulta insignificante y antieconómica teniendo en cuenta los gastos que demanda la presentación en el mencionado proceso, debiéndose en consecuencia liberarse.
Ahora bien a partir del período 1/2018 de ambas tasas, la deuda resulta exigible al Sr. Algieri Adrián Marcelo DNI 22.983.486, CUIL/T 20-22983486-0 con domicilio en calle Echeandia N° 3040 de CABA, debiendo intimarse al mismo a abonar la deuda que mantiene a partir de la toma de posesión del inmueble Partida 12743.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que de acuerdo a lo solicitado deberá liberarse la deuda que por Tasas Municipales mantiene el inmueble registrado a nombre de Lopez Codesal Federico Juan DNI 7.756.052, sito en calle Dorrego N° 335 entre las de Mazzini y Chacabuco denominado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Chacra 9, Manzana 9k, Parcela 11 Partida 027-12743, desde el período 2/2006 hasta el período 6/2017 inclusive (18 de Diciembre de 2017).
Que la deuda posterior a la fecha indicada precedentemente, es decir, desde el período 1/2018 de ambas tasas, corresponde ser registrada a nombre de Algieri Adrián Marcelo DNI 22.983.486, CUIL/T 20- 22983486-0 domiciliado en calle Echeandia N° 3040 de CABA, con e-mail: nachochianta-77@hotmail.com, e intimarlo a que abonen la deuda.
Que deberá efectuarse respuesta al requerimiento judicial, mediante la pertinente contestación del presente e instrumentarse los medios necesarios a fin de que la Oficina de Cómputos tome razón de lo antes expuesto y guarde en los archivos de condiciones especiales la deuda del titular registral.
Que para tal cometido, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Procédase a liberar la deuda que por Tasas Municipales mantiene el inmueble registrado a nombre de Lopez Codesal Federico Juan DNI 7.756.052, sito en calle Dorrego N° 335 entre las de Mazzini y Chacabuco denominado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Chacra 9, Manzana 9k, Parcela 11, Partida 027- 12743, desde el período 2/2006 hasta el período 6/2017 inclusive (18 de Diciembre de 2017), conforme Oficio Ley 22172 ordenado en los autos “LOPEZ CODESAL FEDERICO JUAN S/ QUIEBRA S/ INCIDENTE DE VENTA DE INMUEBLE” Expediente N° COM 067302/2006/1 de trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 9 Secretaría N° 17 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Regístrese la Partida 027-12743 a nombre de Algieri Adrian Marcelo, DNI 22.983.486, CUIL 20- 22983486-0 con domicilio en calle Echeandia N° 3040 de CABA, con e-mail: nachochianta-77@hotmail.com desde el período 1/2018 de ambas tasas, atento a la fecha entrega de la posesión (18 de Diciembre de 2017) en los autos supra mencionados.-
ARTICULO 3°.- Intímese al Sr. Algieri Adrian Marcelo, DNI 22.983.486, CUIL 20-22983486-0 con domicilio en calle Echeandia N° 3040 de CABA, con e-mail: nachochianta-77@hotmail.com a los fines que abone la deuda que mantiene la mencionada Partida.-
ARTICULO 4°.- Procédase a través de la Dirección de Ingresos Públicos a la toma de razón de lo precedentemente expuesto y procederá a registrar en los archivos de condiciones especiales la deuda del titular registral.-
ARTICULO 5°.- Ordénese a la Dirección de Asuntos Legales dar respuesta al requerimiento judicial, mediante la pertinente contestación al Juzgado oficiante.-
ARTICULO 6°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Contaduría, Tesorería, Secretaría de Hacienda, Secretario de Gobierno, Dirección de Catastro, Cómputos, Juzgado Nacional de Primera Instancia N° 9 Secretaría 17 y Sr. Algieri Adrian Marcelo al domicilio electrónico nachochianta-77@hotmail.com.-
ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 8º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-