Boletines/Chascomús
Decreto Nº 86/24
Chascomús, 23/01/2024
PASES EN COMISIÓN
Visto
Los pases en comisión de agentes municipales que existen en el Honorable Concejo Deliberante; y
Considerando
Que en el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús se desempeñan los agentes Aldana Soledad Ortiz y Osvaldo Larraula.
Que es necesario garantizar el funcionamiento de los distintos Bloques de Concejales del H.C.D.
Que el artículo 8° de la Ley 14.656 establece que podrá disponerse el pase del trabajador dentro de la repartición o dependencia donde preste servicios o a otra repartición o dependencia.
Que la Ley 14.656, nada dice respecto del plazo, sin perjuicio de ello parece razonable establecer uno.
Que el Secretario del Bloque de concejales de Unión por la Patria – UXCH se encuentra de licencia por enfermedad, y no está previsto la figura del reemplazo.
Que se debe dictar el acto administrativo correspondiente
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Deléguese en pase a comisión al Bloque Unión por la Patria P.J. del Honorable Concejo Deliberante de Chascomús al agente LARRAULA, Osvaldo Ángel, Legajo N° 5953/1, a partir del 15 de Enero de 2024 hasta el 31 de Diciembre de 2024, por los considerandos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Deléguese en pase a comisión al Honorable Concejo Deliberante de Chascomús al agente SALADINO Alfredo, Legajo N° 4250/1, a partir del 1° de Enero de 2024 hasta el 31 de Diciembre de 2024, por los considerandos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 3°.- Deléguese en pase a comisión al Bloque Unión por la Patria UxCh. del Honorable Concejo Deliberante de Chascomús a la agente ORTIZ Aldana Soledad, DNI 38.549.773, Legajo N° 10618, a partir del 1° de Enero de 2024 hasta el 31 de Diciembre de 2024, por los considerandos expuestos en el exordio.
ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Recursos Humanos, Dirección Administrativa de RR.HH, Dirección de liquidaciones y a los agentes municipales.-
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-