Boletines/Chascomús
Decreto Nº 84/24
Chascomús, 23/01/2024
PODER DE POLICIA
Visto
La necesidad de contar con personal autorizado para ejercer el poder de Policía Municipal en el área de Patrulla de Prevención Municipal; y
Considerando
Que resulta necesario contar con personal autorizado para realizar su cometido -labrar actas de constatación y/o infracciones-, ejerciendo además el resto de las competencias inherentes a la función de Inspector Municipal con sujeción al ordenamiento jurídico vigente.
Que los agentes propuestos reúnen las condiciones de idoneidad y capacitación correspondiente para el cargo que se les asigna.
Que, en consecuencia, es conveniente y necesario dictar el acto administrativo que asigne el ejercicio del poder de Policía Municipal
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Otórguese Poder de Policía Municipal para ejercer funciones en el área de Patrulla de Prevención Municipal, a los siguientes agentes:
ARTICULO 2°.- La facultad conferida del ejercicio del Poder de Policía Municipal podrá ser revocada cuando razones suficientemente justificadas así lo demuestren.
ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Juzgado de Faltas Municipal, Dirección Administrativa de RR.HH, Dirección de liquidaciones, Secretaría de Seguridad Ciudadana y agentes -
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-