Boletines/Chascomús

Decreto Nº80/24

Decreto Nº 80/24

Chascomús, 23/01/2024

RECHAZAR PEDIDO DE SOLICITUD ESTACIONAMIENTO RESERVADO

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2023-00032642- -CHASCOMUS-MESA#SG caratulado “Solicitud de estacionamiento reservado” iniciado por CORIA Fernando Leonel y GONZALIA Camila; y

Considerando

Que se presenta CORIA Fernando Leonel DNI 21.664.476 y GONZALIA Camila DNI 35.124.457 solicitando el estacionamiento reservado sobre Avenida Lastra N° 433 bis porque allí funciona “KETTLE BOX” gimnasio de su propiedad, no fundando la necesidad de su pedido.  

Que surge del relevamiento técnico que fuera efectuado por personal perteneciente a la Secretaría de Seguridad Ciudadana (Orden 5) “Que conforme lo solicitado por la señora Camila Gonzalía y Fernando Coria, respecto de la posibilidad de establecer un estacionamiento exclusivo para los clientes que concurren al gimnasio cuyo nombre de fantasía es “Kettle Box”, de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza N° 5028, artículo 4, en Avenida Lastra, a la altura requerida, el estacionamiento deberá realizarse sobre el lado derecho de la calzada, concretamente, sobre vereda sur de la mencionada avenida.- Analizando detalladamente el pedido, los requirentes no especifican cual es la razón o motivo por el cual solicitan tal beneficio, por lo que se interpreta por esta parte que sería para beneficio exclusivo de los clientes que concurren al comercio. Por otra parte, la zona referida resulta ser una calzada reducida, donde existen también numerosos comercios (véase la casa de respuestas automotor “Zapiola”, Cotillon "La Plata", entre otros), lo cual genera un flujo transitorio de vehículos, que indefectiblemente hace que dicha zona de estacionamiento pueda estar en ciertos horarios congestionada, no generando esto una exclusividad para solicitar tal beneficio..”.

Que el artículo 2 de la Ley 24.449 dispone que “…La autoridad correspondiente podrá disponer por vía de excepción, exigencias distintas a las de esta ley y su reglamentación, cuando así lo impongan fundadamente, específicas circunstancias locales. Podrá dictar también normas exclusivas, siempre que sean accesorias a las de esta Ley y se refieran al tránsito y estacionamiento urbano, al ordenamiento de la circulación de vehículos de transporte, de tracción a sangre y a otros aspectos fijados legalmente”.  

Que la Dirección de Asuntos Legales dictamino: Que deberá rechazarse el pedido de estacionamiento exclusivo solicitado por CORIA Fernando Leonel DNI 21.664.476 y GONZALIA Camila DNI 35.124.457 por no reunirse los requisitos exigidos por el art 2 de la Ley 24.449”.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.

DECRETA

ARTICULO 1º.- Rechácese la solicitud de Estacionamiento Exclusivo peticionada por CORIA Fernando Leonel DNI 21.664.476 y GONZALIA Camila DNI 35.124.457, por las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Seguridad Ciudadana y solicitantes en Arenales N° 142 PB.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-