Boletines/Chascomús

Decreto Nº35/24

Decreto Nº 35/24

Chascomús, 11/01/2024

INCREMENTO SALARIAL 30% Y 10%

Visto

El Decreto 477/2023, la Ordenanza N° 5445, la necesidad de actualizar los salarios de los empleados municipales; y

 

Considerando

Que, en acuerdo previo entre el Ejecutivo Municipal y los representantes sindicales, se estableció convocar a la mesa salarial para el día 9 de Enero de 2024, a los efectos de tratar la actualización del salario de los trabajadores municipales correspondiente al año 2024.

Que dicha metodología de trabajo encuentra precedentes de compromisos conjuntos –Gobierno y Sindicatos- desde hace varios años en el ámbito municipal.

Que hasta el momento no se conocen pautas precisas o proyecciones de los presupuestos de la Nación Argentina y de la Provincia de Buenos Aires.

Que las finanzas del Municipio se ven afectadas y comprometidas por la retracción de la economía nacional, que impacta sobre los ingresos, y por el aumento considerable de precios de insumos y productos para llevar adelante la operatoria habitual de prestación de servicios municipales hacia la comunidad.

Que debido a la evolución de la inflación es necesario realizar una actualización del salario para la totalidad de la planta municipal afectada a la Ley 14656, correspondiente al primer trimestre del ejercicio 2024.

Que luego de que el Departamento Ejecutivo comunicara una propuesta de mejora, en función de la evolución de la inflación y de las posibilidades financieras actuales del Municipio, los representantes gremiales y el Departamento Ejecutivo acordaron un incremento salarial de los trabajadores en la totalidad de las categorías y en cada agrupamiento del escalafón Municipal, el que resulta de la siguiente manera: 30 % a partir de Enero 2024 (calculado sobre la base de Diciembre 2023) y 10 % a partir de Marzo de  2024 (calculado sobre la base de febrero de 2024).

Que lo acordado arroja un aumento acumulado para el primer trimestre del año 2024 del 43 %, sobre el salario de diciembre del año 2023.

Que los aumentos de remuneraciones son para el personal de Planta Temporaria y Planta Permanente comprendidos en la Ley Provincial que regula las relaciones de Empleo Público de los trabajadores de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, respetando la proporcionalidad horaria.

Que el estado económico financiero municipal actual permite realizar dicha actualización salarial a partir del 01/01/2024.

Que, por lo expuesto, se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Abónese un incremento salarial remunerativo, de los sueldos básicos y bonificaciones remunerativas; en todas las categorías y en cada agrupamiento del Escalafón Municipal correspondientes al personal de Planta Temporaria y Planta Permanente, respetando la proporcionalidad horaria, del 30% a partir del 1° de Enero de 2024 calculado sobre la base de Diciembre 2023 y del 10 % a partir del 1° de Marzo de  2024  calculado sobre la base de Febrero de  2024.-

ARTICULO 2°.- La Escala Salarial quedará conformada de acuerdo al Anexo que forma parte del presente.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Contaduría, Dirección de Liquidaciones, Dirección Administrativa de RR.HH, Dirección Administrativa del Hospital San Vicente de Paul, Gremios Municipales, I.P.S., Oficina de Jubilaciones y Dirección de Comunicación.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro), el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y el Secretario de Recursos Humanos (José María Yezza Ross).-

ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-

Anexos

ANEXO I

INCREMENTO SALARIAL

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