Boletines/Chascomús
Decreto Nº 13/24
Chascomús, 03/01/2024
RECEPCION DEFINITIVA OBRA BICISENDA ETAPA I
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-155358/M caratulado: “Etapa I-Bicisenda Costanera tramo Club Pesca y Náutica hasta la bajadita y Club de Regatas hasta el monolito”; y
Considerando
Que se celebró el Contrato de Locación de Obra el día 18 de Noviembre del año 2021 con la Empresa G y C CONSTRUCCIONES S.A. para la ejecución de la obra de “Bicisendas para la ciudad de Chascomús -Etapa I: Bicisenda costanera tramos: Club de Pesca y Náutica – La Bajadita y Club de Regatas -Monolito, ambos con Cordón Cuneta”.
Que se procedió a la Recepción Provisoria de la obra en fecha 12 de Octubre del año 2022.
Que en fecha 10 de Noviembre del año 2023 se suscribe el Acta de Recepción Definitiva habiéndose cumplido el período de conservación de obra de 365 días, sin observación alguna.
Que resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente a los fines de aprobar la recepción definitiva de la obra y proceder a la devolución de la garantía de fondo de contrato.
Que, en consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que deberá aprobarse la recepción definitiva de la obra “Bicisendas para la ciudad de Chascomús -Etapa I: Bicisenda costanera tramos: Club de Pesca y Náutica – La Bajadita y Club de Regatas -Monolito, ambos con Cordón Cuneta”, ejecutada por la Empresa G y C CONSTRUCCIONES S.A., tramitado por ante el Expediente Administrativo N° 4030-155358/M.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Apruébese la recepción definitiva de la obra de “Bicisendas para la ciudad de Chascomús -Etapa I: Bicisenda costanera tramos: Club de Pesca y Náutica – La Bajadita y Club de Regatas -Monolito, ambos con Cordón Cuneta”, ejecutada por la Empresa G y C CONSTRUCCIONES S.A., tramitado por ante el Expediente Administrativo N° 4030-155358/M.-
ARTICULO 2°.- Déjese sin efecto el Pagaré suscrito a favor de la Municipalidad de Chascomús en concepto de garantía de cumplimiento de contrato y entréguese el Cinco por ciento (5%) retenido en cada certificado conforme la cláusula Octava del contrato.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente, Contaduría, Tesorería, Compras y firma contratada.-
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente (Jorge Marino).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-