Boletines/Chascomús
Decreto Nº 12/24
Chascomús, 02/01/2024
DAR CONTINUIDAD AL PROGRAMA SAT
Visto
La implementación del Programa SAT, (Servicio Alimentario Transitorio) para atención de grupos familiares en situación de vulnerabilidad en la comunidad; y
Considerando
Que a partir de una evaluación integral de los grupos familiares por parte del equipo técnico de la Dirección de Políticas Comunitarias, se propone la implementación de programa SAT.
Que el programa cuenta con una Nutricionista y mediante el mismo se atiende una demanda creciente de familias vulnerables.
Que se pueden caracterizar las familias por carecer de empleo formal, bajos niveles educativos, precariedad habitacional, acceso deficitario a servicios sanitarios básicos, fragilidad de vínculos sociales, dificultades de acceso a la alimentación entre los parámetros centrales.
Que se incluyen familias con miembros que padecen serias patologías de salud.
Que contempla refuerzos de alimentos secos como ayuda básica para aquellas familias que lo necesiten
Que mediante el SAT se propende a promover acciones que consagren el derecho a la alimentación en el marco del fortalecimiento familiar y comunitario efectuándose una evaluación permanente de las familias incluidas.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Dese continuidad al Programa SAT (Servicio Alimentario Transitorio), para atención de grupos familiares en situación de vulnerabilidad en la comunidad durante el año 2024 con los alcances y fundamentos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.03.00, partida 5.1.4.0-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo Social, Dirección de Políticas Comunitarias, Contaduría, Tesorería y Oficina de Compras.-
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan facundo Alfonsín) y la Secretaria de Desarrollo Social (Yanina Gazzaniga).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-