Boletines/Chascomús
Decreto Nº 05/24
Chascomús, 02/01/2024
UNIDADES EJECUTORAS
Visto
El Decreto Nº 2980/00 reglamentario de la Reforma Administrativa y Financiera en el Ámbito Municipal; y
Considerando
Que, dicha normativa dispone la aplicación de la metodología del Presupuesto por categoría programática, lo cual implica la asignación de recursos financieros a cada una de las categorías programáticas del presupuesto (programa, proyecto, actividad y obra).
Que el artículo 5º del Decreto Nº 2980/00 establece que la administración de los Recursos de los Municipios comprende al conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos administrativos que hacen a la obtención y aplicación de los recursos financieros, así como la adquisición, administración y utilización de los recursos reales.
Que la administración financiera estará integrada por los Sistemas de Presupuesto, Contabilidad, Tesorería, Crédito Público y Administración de Ingresos Públicos, en tanto que la administración de los recursos reales estará conformada por los Sistemas de Contrataciones, Administración de Bienes Físicos, Inversión Pública y Administración de Personal, los que deberán operar interrelacionados entre sí, cualquiera sea su distribución orgánica y dependencias jerárquicas en el Departamento Ejecutivo.
Que el proceso de implementación de los sistemas significó un cambio sustancial y se ha venido realizando en forma gradual, de manera tal que no sea un impedimento para lograr la eficacia y la eficiencia de la gestión pública.
Que al día de la fecha se encuentran implementados los módulos de Presupuesto, Contrataciones, Contabilidad, Tesorería y Bienes Físicos correspondientes al sistema RAFAM y los módulos de Personal e Ingresos Públicos asociados al sistema EFIMUNI9.
Que cada uno de los sistemas citados estará a cargo de un agente que actuará en calidad de órgano rector, asumiendo la responsabilidad del dictado y la observancia del cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en las disposiciones del Decreto 2980/00, así como de la aplicación de los formularios cuyos modelos e instructivos se adjuntan como anexos a dicho Decreto.
Que cada una de las categorías que integran la estructura programática del Municipio, requiere de una unidad administrativa de suficiente jerarquía en la estructura orgánica que se responsabilice de la asignación de insumos, en términos reales y financieros, a fin de obtener los productos previstos.
Que, a esta unidad administrativa, se la denomina “Unidad Ejecutora” y, por lo tanto, para cada categoría programática existirá una unidad ejecutora encargada de administrar el presupuesto en cada una de sus etapas: formulación, ejecución y evaluación.
Que quien posee la responsabilidad de la conducción de la unidad ejecutora encargada de ejecutar el programa, es quien dispone de la afectación en tiempo y forma de los créditos presupuestarios asignados al programa, por lo tanto será encargado de formular la programación de la ejecución presupuestaria.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Asígnese para el Ejercicio 2024 al Secretario de Hacienda la Coordinación del Sistema de Administración Financiera siendo el responsable el Cdor. Juan Facundo Alfonsín.-
ARTICULO 2º.- Asígnese para el Ejercicio 2024 a cada Sistema los siguientes Responsables:
SISTEMA |
RESPONSABLE |
PRESUPUESTO |
Directora de Presupuesto: Natalia Vanni |
CONTRATACIONES |
Jefe de Compras: Sebastián Alfonsín |
CONTABILIDAD |
Contador Municipal: Rodolfo Gastón Gualazzini |
TESORERÍA |
Tesorera Municipal: Mabel E. Barroso |
BIENES FÍSICOS |
Responsable de Patrimonio: Cintia Ardohain |
PERSONAL |
Secretario de RR.HH.: José María Yezza Ross |
INGRESOS PÚBLICOS |
Director de Ingresos Públicos: Tobías Martin |
ARTICULO 3º.- Asígnese a cada una de las categorías programáticas las Unidades Ejecutoras y sus respectivos Responsables para el Ejercicio 2024 según se detalla en la planilla anexa al presente.-
ARTICULO 4º.- Asígnese como Unidad Ejecutora de los Proyectos de inversión correspondiente a Obras de Infraestructura, detalladas en el presente y de los que se incorporen a la estructura presupuestaria durante el ejercicio 2024, al Secretario de Obras Públicas, Lic. Jorge Marino.-
ARTICULO 5º.- Notifíquese en forma digital a responsables de los Órganos Rectores, Secretaría Privada, Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería, Presupuesto, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Patrimonio y Dirección de Compras.-
ARTICULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 7º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-