Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº7139/2024

Ordenanza Nº 7139/2024

Nueve de Julio, 27/02/2024

ACEPTA TESTAMENTO Y AUTORIZA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A ACEPTAR OFERTA DE VENTA: BUSSO MARIA TERESA.

VISTO:

El expediente Nº 4082-64/2024.

CONSIDERANDO:

Que se han dado inicio a las actuaciones a los fines de aceptar el testamento de la señora María Teresa Busso, obrante a fojas 2/4 del expediente administrativo referenciado en el Visto de la presente.

Que mediante el testamento mencionado, la señora Busso designa como legatario de sus bienes en un 10 % (diez por ciento) al Hospital de Facundo Quiroga (fojas 2/4) .

Que el acervo testamentario comprende un inmueble designado como Unidad Funcional Numero 3, del segundo piso y complementaria VII con frente a la Calle Araoz Nº 2989 esquina SALGUERO Nº 2464/2484, Piso 2, Departamento “S”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fojas 1).

Que a fojas 6 consta que el señor Asesor Legal oportunamente se presentó ante el sucesorio en representación de esta Municipalidad.

Que a fojas 9/11 la albacea de la sucesión testamentaria corre traslado a los legatarios de una propuesta de venta del inmueble recibida constando la misma de la adquisición del inmueble por un valor de U$S 150.000 (dólares estadounidenses ciento cincuenta mil) libre de todo gasto (enumerados a fojas 10), habiendo plazo para la aceptación de la propuesta hasta el 1/04/2024.

Que a fojas 15 el señor Contador Municipal considera que la propuesta resulta conveniente para los intereses del municipio.

Que a fojas 16/31 se adjuntan las conformidades de 7 de los legatarios.

Que conforme lo normado los artículo 57 de la L.O.M. , corresponde dar intervención al cuerpo legislativo a los fines de que acepte el testamento y autorice la aceptación de la oferta.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Aceptase el testamento de la señora María Teresa Busso, correspondiendo un 10 % (Diez por ciento) del acervo sucesorio al Hospital Municipal de la localidad de Facundo Quiroga, Partido de 9 de Julio, quien fuere designado legatario.

ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a aceptar la oferta de venta realizada por la suma de U$S 150.000 (dólares estadounidenses ciento cincuenta mil) libre de todo gasto (enumerados a fojas 10) convertidos a moneda de curso legal al momento del pago respecto al 10 % (diez por ciento) correspondiente al Hospital Municipal de Facundo Quiroga y a suscribir toda la documentación que se le requiera para tal fin.

ARTICULO 3°: El líquido de la aceptación del testamento deberá ingresarse a la cuenta del cálculo de recurso 17.1.01.01 “donaciones” y será imputado a: Jurisdicción 1110115000 Secretaria de Salud, Programa 37 Hospital Quiroga, Fuente de financiamiento 140, del presupuesto de gastos vigente.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.